lunes, 19 de abril de 2021

CONFLICTO ARMADO COLOMBIA: 5 personas LGBT acreditadas como víctimas en el caso 005 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)

 Un paso más hacia la verdad y la justicia para las víctimas LGBT del conflicto armado


16 de abril de 2021. La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), mediante el Auto 066 de 2021 acreditó a 5 personas LGBT en el caso 005 sobre la situación en el Norte del Cauca y sur de Valle del Cauca. La JEP estudiará dentro de este caso, si se cometieron conductas que puedan ser consideradas como crimen de persecución hacia las personas LGBT por su orientación sexual, identidad de género y expresión de género diversa en el marco del conflicto armado.



Esta decisión se toma dentro del proceso de solicitud de acreditación de las víctimas y el informe “Aquí nadie pidió la guerra” presentado por Caribe Afirmativo el pasado mes de Marzo. Específicamente en el informe se describen y se denuncia ante la JEP las violencias por prejuicio que sufrieron las víctimas LGBT durante el conflicto armado en el Norte del Cauca. Además, se relata cómo las personas sufrieron amenazas, violencia sexual, lesiones personales, hostigamientos, torturas, detenciones arbitrarias, secuestros y desplazamientos forzados por prejuicios relacionados con sus OSIGEG diversas por parte de las FARC-EP, la Fuerza Pública y los paramilitares en connivencia con las Fuerzas Públicas.

La sala e Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas accedió a las demandas de verdad solicitadas por las víctimas y se permitió sus participaciones en las versiones voluntarias adelantadas en el caso. Se accedió también a la solicitud de las víctimas de realizar preguntas sobre la violencia por prejuicio para los comparecientes de las 1FARC-EP y de la Fuerza Pública en todas las versiones voluntarias.

En palabras de la JEP: La discriminación por orientación sexual e identidad de género de los miembros de la comunidad LGBTI está prohibida en el Derecho Internacional y regional de los Derechos Humanos, así como también lo está en Colombia, en donde la no discriminación es un derecho fundamental. La discriminación a los miembros de la comunidad LGBTI constituye una grave violación a sus derechos humanos. La persecución de la comunidad LGBTI con ocasión o en desarrollo del conflicto armado a través de conductas (…) que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física, es un crimen de competencia de la Jurisdicción Especial para la Paz. 

La JEP también adoptará dentro del caso medidas para el reconocimiento del enfoque diferencial, de género e interseccional para evitar la revictimización de las víctimas LGBTI durante el proceso.

La JEP resaltó que las conductas cometidas contra las personas LGBT durante las mal llamadas “limpieza social”, la violación sexual como forma de castigo y las violaciones sexuales correctivas son huellas indelebles de la barbarie contra las orientaciones sexuales e identidades de género diversas en un conflicto armado

Para Caribe Afirmativo, esta es una decisión muy importante pues permitirá seguir analizando las violencias diferenciadas en el marco del conflicto armado, su gravedad, su representatividad y sus impactos sobre las personas LGBTI. Además, contribuyen al esclarecimiento de la verdad, a la reconstrucción de la memoria y a la justicia que desde hace varios años pide la sociedad.

Esta decisión llega en el contexto de violencia que se sigue desarrollando en el norte del Cauca, donde líderes y lideresas representantes de colectivos sociales que luchan por los derechos de las personas LGBT se han visto amenazadas y asesinadas. Seguimos haciendo un llamado a las instituciones estatales y al gobierno para que se tomen las medidas efectivas que garanticen la participación de las personas LGBT en estos procesos de construcción de paz.


Vía Caribe Afirmativo 




La competencia personal de la JEP se extiende a los ex integrantes de las Farc-EP, a los miembros de la fuerza pública, así como a los terceros (agentes del Estado y a los terceros civiles) y sobre las personas que hayan sido procesadas por protesta social. Los agentes del Estado y los terceros, sólo podrán comparecer ante la JEP de manera voluntaria. Los ex integrantes de las Farc-EP y los miembros de la fuerza pública deberán comparecer siempre que sean requeridos. Para mayor información, consultar la página web https://www.jep.gov.co/Infografas/conozcalajep.pdf

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