¿Puede ser la biblia y no la Constitución el marco legal de la Policía en Colombia?
Por Manuel Antonio Velandia Mora*
El “casi sacerdote” General Henry Sanabria es el director de la Policía de Colombia, sus palabras en diversas ocasiones se han convertido en una lacerante piedra en los zapatos de Gustavo Petro. Feministas, laicos y sectores LGTBI y de las diversidades y cuerpos han mostrado, desde antes de su nombramiento, la controversial y ya conocida actitud del director.
Evidentemente el Estado garantiza el derecho fundamental a la libertad religiosa y de cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política, sin embargo, dicha libertad no puede ir por encima del Código nacional de Policía y convivencia ni del Estatuto Disciplinario Policial.
De exorcismos y vulneración de derechos
El General ha hecho en la Policía, entre otras cosas llamativas por su religiosidad, exorcismos, pues según él “La existencia del diablo es cierta. Lo he visto, lo he percibido, para muchos es una fábula y otros no creen. Y eso está bien porque, digamos, el diablo lo dice, él se niega a sí mismo”, según lo informó a Revista Semana en entrevista a Vicky Dávila, en la que asegura que Alfonso Cano, Raúl Reyes y el Mono Jojoy, entre otros, fueron dados de baja cuando se les rompió la protección maligna. para evitarla, según él “Antes de salir a esas operaciones se bendicen las armas y se les dice: <Disparen, pero recen>”. Para este personaje “Detrás de toda acción maligna hay una acción demoníaca, sí, pero la libertad del hombre lo lleva a hacer el bien o el mal”.
Esta última aseveración en la cotada entrevista precede a otras relacionadas con el aborto, los derechos de las personas de los sectores LGTBI y de las diversidades de géneros y cuerpos (SLGTBIDGDC) tales como: “A la “comunidad LGBTIQ”, enuncia, “Se les protege porque hay personas que intentan agredir a esa comunidad. De hecho, alguna vez dije: no se metan con ellos, no les hagan burla, no los molesten y me confundieron. Pensaron que yo formaba parte de esa comunidad porque los defendí radicalmente (…) no hay distinción de Nuestro Señor hacia ellos. Alguna vez reuní a un grupo de mi unidad, fue hace varios años, y les dije: “Mire, hay que tener cuidado porque la Policía Nacional, de las cuatro fuerzas, es la que más personas tiene con VIH y ese virus lleva a la muerte”. De esas 15 personas que reuní, se murieron 12, las otras viven y están bien y son muy buenos trabajadores. (…) Lastimosamente, como somos tantos, hay una comunidad LGBTIQ grande en la institución. No hay de pronto esa educación que les permita a ellos ser cuidadosos en lo que hacen. (…) Más o menos del 100 % de casos de todas las fuerzas, el 47 % es de la Policía. De acuerdo con lo que han querido decir, estamos hablando de unos 12.000 policías aproximadamente”. (Negrillas fuera de texto).
No olvidemos que previamente se había manifestado sobre matrimonio entre personas del mismo sexo y la eutanasia, entre otros temas sobre los cuales suele ser controversial.
18% de las personas viviendo con VIH en Colombia
En Colombia la Cuenta de Alto Costo calcula, al 31 de enero de 2022, 141.787 personas viviendo con VIH. Según el General, “más o menos” la policía tiene el 8.46% de los casos en el país y todas las fuerzas representan 25.532 casos, el 18% del consolidado nacional. Preocupante que la policía y las fuerzas militares en su conjunto no tengan una fuerte estrategia de prevención de la infección por el VIH, porque según estas cifras serían un importante “grupo con riesgo” en el crecimiento de la epidemia en Colombia. Grave que el Ministerio de Salud no haya actuado al respecto, si es que no lo ha hecho, y que no haya aclarado con relación a semejante afirmación con relación a la epidemiología en el país.
De la homofobia y la epidemia por VIH en la policía
Sanabria hace una grave relación entre la policía, la homosexualidad y el sida. Primero, recordemos que no es verdad que “ese virus lleva a la muerte”; la infección por VIH es controlable, en promedio con seis meses de tratamiento quienes están infectados se vuelven indetectables e intrasmisibles, si su adherencia continúa el riesgo de infecciones oportunistas prácticamente desaparece; segundo, la infección por VIH no es exclusiva de homosexuales, afecta al amplio espectro de diversidades sexuales (incluyendo las heterosexuales), étnicas, geográficas, económicas, religiosas, laborales; lo que es preocupante es que, según el Observatorio del Direccionamiento del Talento Humano, a fecha 16/02/2023 la policía tiene como total de su personal a 164.666 personas y de ellas, en palabras del General, el 7,28% viven con VIH.
La homofobia del director no requiere explicación porque es evidente, reiterada y justificada en su ideología cristiana, pero lo que es sobresaliente es que su ignorancia no le permite analizar la realidad con claridad; según la encuesta de Ipsos (2021), una multinacional de investigación de mercados, en Colombia el 6% dijo sentir atracción sexual solo por personas del mismo sexo o ambos sexos. Obsérvese que no se analiza en esta cifra al total de lo que el General denomina “comunidad LGBTIQ “. De sus cifras se deduce que, al parecer, el tema de las orientaciones sexuales parece ser un atractor a la hora de ingresar a la policía.
En la policía urgen medidas para alcanzar los objetivos 95-95-95 propuestos por ONUSIDA, acciones que consisten en dar respuesta al VIH para 2030; es decir, lograr que el 95% de las personas que viven con VIH conozcan su estado serológico, ello implica fortalecer capacidades y la participación de grupos, organizaciones y poblaciones claves (se desprende de las palabras de Sanabria que la policía es una de ellas), para actuar en torno a estrategias de prevención con el objetivo de mejorar el acceso a la prueba para VIH, en la atención integral en caso de tener VIH, incluidos los antirretrovirales, acceso a condones (masculinos y femeninos) y otros insumos para la prevención.
Sal como quieras, pero no salgas sin condón
Personalmente el director de la Policía no está de acuerdo con el uso del condón, “porque es un método abortivo, sobre todo para los casados por la Iglesia. Una de las promesas matrimoniales es: “¿Aceptaréis los hijos que Dios te mandará?” y uno dice: “Sí, acepto”. Probablemente si estuviera en acuerdo y la policía promoviera el uso del preservativo entre sus miembros, las alarmantes cifras no serían tan altas y se evitaría ese desmesurado crecimiento exponencial que parece haber allí.
Colombia tiene un Estado laico
Aunque ni el texto constitucional ni sus antecedentes evidencian que dicha figura institucional fuera adoptada por el constituyente, afirma William Renán Rodríguez, la formalización del Estado laico la hizo la Corte Constitucional en sentencias a inicios de los 90s, especialmente a partir de las sentencias T-403/92, C-568/93, C-088/94, y C-350/94, pero el Estado laico es más que una institución constitucional: es un modelo de regulación normativa y política del hecho religioso, como apuesta particular de un país. Comprender estas circunstancias, obliga a asumir una apertura disciplinar de la que el derecho se ha hecho receptor sin estar consciente de la opacidad y ausencia de neutralidad del debate, y la baja consideración de otras alternativas conceptuales más cercanas a la intención constituyente, como el estado de la libertad religiosa, consideradas, por ejemplo, en las sentencias C- 084/94, C-1175/2004, y C-817/2011.
Las normas legales y la policía
La Ley 1801 del 29 julio de 2016 expide el Código nacional de Policía y convivencia, con el fin de mantener las condiciones necesarias para la convivencia en el territorio nacional, entre sus objetivos específicos están los siguientes: Promover el respeto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los derechos correlativos de la personalidad humana; Definir comportamientos, medidas, medios y procedimientos de policía; Establecer un procedimiento respetuoso del debido proceso, idóneo, inmediato, expedito y eficaz para la atención oportuna de los comportamientos relacionados con la convivencia en el territorio nacional. Los exorcismos, la bendición de armas, la homofobia, la negativa al aborto, entre otros exabruptos del General no se corresponde con estos objetivos, ni con los deberes que le competen como miembro de la Policía.
En esta ley se establece que son deberes de las autoridades de Policía: 1. Respetar y hacer respetar los derechos y las libertades que establecen la Constitución Política, las leyes, los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por el Estado colombiano. 2. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, las normas contenidas en el Código, las ordenanzas, los acuerdos, y en otras disposiciones que dicten las autoridades competentes en materia de convivencia. Evidentemente, el actuar de Sanabria es inconstitucional y atenta contra la convivencia al interior de la Policía y de esta con la ciudadanía en general.
Por medio de la Ley 2196 de 2022 se actualizó el Estatuto Disciplinario Policial. Considera su Artículo 3. Finalidad en materia disciplinaria, que esta disposición, regula el comportamiento del personal uniformado de la Policía Nacional y se aplicará cuando se transgreda el presente estatuto disciplinario o se vulnere la protección de los derechos fundamentales contenidos en la Constitución Política e instrumentos internacionales de Derechos Humanos, suscritos y ratificados por Colombia, que hacen parte del bloque de constitucionalidad y dan lugar a la activación de la acción disciplinaria contenida en esta ley. Por lo anteriormente expuesto, el General vulnera el Artículo 3 del citado Estatuto.
El general debe ser investigado
Leyendo los anteriores aspectos legales, el General Henry Sanabria director de la Policía de Colombia debe ser investigado por la Procuraduría en razón de sus contravenciones al Código nacional de Policía y convivencia y al Estatuto Disciplinario Policial. La Procuraduría General de la Nación tiene la facultad de representar a la sociedad, ante los órganos judiciales, las personas de los SLGTBIDGDC somos entre el 6 y el 10 % de la sociedad colombiana, y debemos ser representados por ella; puesto que esta tiene la obligación de defender los intereses colectivos y de la sociedad y es su deber actuar como órgano de vigilancia de la constitucionalidad y legalidad ante cualquier órgano de la República.
El Presidente Gustavo Petro debe actuar urgentemente y relevar al General Sanabria de su cargo.
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