La Corte Constitucional avaló el matrimonio igualitario en Colombia, considerado este como el último asunto que hace falta para que la comunidad Lgtbi tenga plena igualdad en el país.
La Sala Plena estudió una tutela que buscaba que se definiera si las uniones del mismo sexo se hacían por un contrato civil de matrimonio, que implica obtener los mismos derechos que los de una pareja heterosexual, o bien si seguían formalizándose mediante un contrato innominado que tiene el aval de la Procuraduría, pero que no tiene todas las garantías jurídicas.
El caso estaba en manos del polémico magistrado Jorge Pretelt, quien proyectó una ponencia contraria a los intereses de la comunidad Lgtbi pero que, no obstante, fue derrotada por la mayoría liberal de la Corte actual con una votación 6-3.
Con esto, la sentencia final quedó en manos del magistrado Alberto Rojas Ríos quien dio su aval al matrimonio igualitario.
Se pudo establecer que en contra de la ponencia votaron los magistrados Luis Ernesto Vargas, María Victoria Calle, Gloria Ortíz, Alejandro Linares, Jorge Iván Palacio y Alberto Rojas. A favor de la ponencia votaron el mismo Pretelt, Gabriel Mendoza y Luis Guillermo Guerrero.
Este arduo debate tuvo de fondo una sentencia de la Corte Constitucional, la C-577 de 2011, que definió que las parejas del mismo sexo son familia y que decía que si el Congreso no regulaba el tema del matrimonio igualitario en un plazo de dos años, las parejas del mismo sexo podían acudir a notarios o jueces a solemnizar su unión.
En palabras de jueces, notarios y expertos elevadas ante el Tribunal, fue la misma Corte la que armó el “entuerto” al no ser clara y decir cuál sería ese vínculo contractual que sería utilizado para dicha unión solemne.
Entre tanto, la comunidad Lgtbi estima que acceder al matrimonio igualitario es cuestión de derechos y que ya es hora de que así sea considerado jurídicamente en el país.
Tomado de El Colombiano
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