Comunidades homosexuales lograron que la Corte Constitucional les reconocieran el derecho a heredar. Al revisar una demanda de constitucionalidad contra 18 artículos del Código Civil referentes al tema de la herencia, la Corte Constitucional tumbó la limitación que existía para que los bienes pasaran legalmente solo entre cónyuges.
La demanda pretendía reconocer explícitamente ese derecho a los compañeros permanentes (parejas en unión libre) y, por extensión, los magistrados ordenaron aplicarlo a las parejas homosexuales. La ponencia inicial, del magistrado Jorge Pretelt, no fue apoyada por la mayoría, pues remitía al Congreso el capítulo de la sustitución en parejas gays.
Desde mediados de la década pasada, con varias demandas y tutelas, esas comunidades han logrado que la Corte Constitucional amplíe el espectro de sus derechos.
Los magistrados eliminaron las distinciones en materia de sustitución pensional, afiliación en salud y prestaciones sociales.
Los artículos fueron declarados exequibles, pero en forma condicionada,
"siempre y cuando la porción conyugal se entienda que se entiende a la compañera o compañero permanente y a parejas del mismo sexo", dice el fallo.
La Corte exhortó al Congreso para que legisle sobre las uniones maritales de hecho y las parejas del mismo sexo.
"Es un tema de trascendencia social que merece debate en el Congreso", dijo el presidente de la Corte, magistrado Juan Carlos Henao.La porción conyugal es la parte de los bienes que deja una persona al fallecer y que por ley le corresponden a su cónyuge, para manutención y sobrevivencia.
La Corte, de todos modos, precisó que esta decisión "solo tiene efectos patrimoniales" y que no altera el concepto de familia que está vigente (unión entre hombre y mujer con fines de procrear) y que es objeto de una de las demandas de la comunidad gay.
En este momento, el mismo Tribunal tiene en sus manos sendos procesos: el matrimonio entre parejas gays y su derecho a adoptar.
Reacciones al fallo
Mónica Roa, directora de la ONG Women's Links Worldwide, celebró la decisión de la Corte y aseguró que los magistrados están enviando un mensaje de reconocimiento de los derechos de las parejas homosexuales.
"Esperamos que la Corte mantenga la misma tendencia para otras decisiones como el matrimonio y la adopción en parejas homosexuales. Felicito a los magistrados, felicito a los líderes que lucharon por sacar adelante esta decisión y a la comunidad gay porque se les están reconociendo sus derechos", dijo.
Por su parte, Carlos Fradique, abogado experto en derecho civil y de familia, aseguró que la decisión "viola abiertamente la Constitución.
"El artículo 42 establece que el matrimonio sea consensual y debe celebrarse entre hombre y una mujer (...) Si el beneficio de la porción conyugal que establece el Código Civil que es exclusivamente para las personas que viven en matrimonio heterosexual y la Corte dice que debe ser para matrimonios de parejas del mismo sexo es una decisión abiertamente inconstitucional".
Agregó que los efectos colaterales del fallo pueden ser incluso una institucionalización de la bigamia y la poligamia.
"Una persona que está casada puede también simultáneamente tener unión marital de hecho y se les están reconociendo los derechos a las dos uniones. La Corte no deja abierto ningún requisito y entonces puede concurrir tanto la cónyuge y la esposa a reclamar su pensión".
Entrevista con Germán Rincón Perfetti
¿Qué implica la decisión de la Corte?La cuestión es que las uniones maritales no podían heredarse a sí mismas, mientras que los matrimonios sí podían ser herederos mutuos. Entonces la Corte pasó hoy una demanda específica y general para todas las parejas. Y hace que en este momento casi que queden en igualdad de condiciones las parejas que viven en unión libre con las parejas casadas, porque esa era de las poquitas cosas que faltaban.
¿Cuál es la consecuencia de esta decisión?Yo pienso que la consecuencia es enorme porque más del 50% total de parejas de este país, de toda clase de parejas, viven en unión libre no en matrimonio. La unión libre siempre ha sido de segunda categoría porque tienen menos derechos que el matrimonio pero resulta que es la misma convivencia.
Lo que hizo la Corte Constitucional, hoy, con esto fue hacer que las parejas de unión libre -hombre y mujer, mujer y mujer, cualquier pareja porque eso cobija a todas- en este momento tengan menos distancia o más derechos adquiridos y se acerquen mucho más a todos los derechos que tiene el matrimonio.
Yo diría que en este momento sólo queda una pequeña cosa, de resto todos están casi que en igualdad. Era un tema de justicia social para la mayoría de las parejas en este país que viven en unión libre.
¿Cuál sería el siguiente paso a seguir con respecto a las parejas homosexuales?Esto que te estoy diciendo es de parejas en general. Con respecto a homosexuales estamos esperando dos cosas, uno que es el fallo de matrimonio, y el otro el de adopción. De eso es de lo que estamos pendientes.
Este fallo era en general, no sólo para parejas del mismo sexo hasta donde yo tengo entendido por la demanda. Esto iguala un poco más el tema para que las parejas que viven en unión marital de hecho no tengan ciudadanías de segunda categoría.
REDACCIÓN JUSTICIA
EL TIEMPO...........
Homosexuales tendrán derecho a heredar patrimonio de su pareja
Por: Elespectador.com
La Corte Constitucional instó a modificar parte del Código Civil que los inhabilitaba para ejercer el derecho.A partir de ahora, los homosexuales tendrán derecho a heredar todo el patrimonio de sus parejas permanentes, en las mismas condiciones de los heterosexuales, luego de que la Corte Constitucional dejara sin efectos jurídicos varias de las disposiciones del Código Civil que vedaban a las parejas del mismo sexo a gozar de esos derechos.
Por ocho votos a uno, la Sala Plena ratificó la exequibilidad de la disposición que acredita el derecho a la sucesión sobre parte del patrimonio del compañero muerto, siempre y cuando ello cobije también a las uniones maritales de hecho y a las parejas del mismo sexo.
El presidente de la colegiatura, Juan Carlos Henao, recordó que la disposición determinaba que la herencia para el compañero sobreviviente estaba supeditada al cónyuge, es decir que condicionaba la exigibilidad del derecho a la preexistencia de un vínculo matrimonial que, insiste, dejaba por fuera a los dos tipos de pareja en mención.
Para el pleno ejercicio de esos derechos, el alto tribunal instó al legislativo a que expida nuevas normas civiles que avalen ese tipo de garantías, para quienes vivan en unión libre, sean heterosexuales u homosexuales.
Con ponencia del magistrado Jorge Ignacio Pretelt, la mayoría de los nueve integrantes de la Corte coincidió en que el hecho de que la norma consagrara en los matrimonios estos derechos patrimoniales de manera exclusiva era violatorio de los derechos fundamentales a la igualdad de quienes hacen parte de la comunidad gay, tanto como a quienes prefieren vivir bajo la denominada unión libre con su pareja del sexo contrario.
Cabe aclarar que la determinación se refiere, de manera exclusiva, a derechos en sucesión patrimonial, que en nada modifican las condiciones hasta ahora existentes para la adopción de menores y el matrimonio, que siguen siendo viables únicamente para las familias que conforman un hombre y una mujer.
La Corte Constitucional deberá referirse también al tema en los próximos meses, tras la existencia de una nueva demanda al Código Civil, que busca que se reconozca la naturaleza de la familia también a través de la unión de personas del mismo sexo.
Elespectador.comRepública de Colombia
Corte Constitucional
Presidencia
Oficina de Comunicaciones
Boletín de prensa 13 de abril de 2011
CORTE DECIDE HOY SI GAYS PUEDEN RECIBIR HERENCIA DE SU PAREJALa discusión será el abrebocas a la discusión sobre el matrimonio gay en Colombia.
Los magistrados definirán hoy en Sala Plena si las normas que le dan derecho a los conyugues de heredar a la muerte de uno de ellos se puede extender a los compañeros o compañeras permanentes y a las parejas del mismo sexo.
En la discusión, necesariamente, tendrá que abordarse el tema del matrimonio gay, dijeron fuentes del alto tribunal que inicia sesión a las 10:30 de la mañana.
Sobre ese tema, la Corte estudia otra demanda que pretende validar en Colombia el matrimonio entre parejas del mismo sexo.
Los demandantes alegan que la legislación civil colombiana desconoce los derechos fundamentales para que los homosexuales se unan en pareja e integren una familia con las garantías jurídicas que da la ley.
También debe definir en los próximos días una tutela de una pareja de lesbianas que pide que a una de ellas le permitan adoptar a la hija biológica de su compañera.
El caso lo tiene a su cargo el magistrado Juan Carlos Henao que ya presentó a consideración de sus colegas un proyecto de fallo.
Sin embargo, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió darse un mes de espera para reflexionar y profundizar sobre el tema. La Corte amplió hace tres años los derechos civiles, políticos y sociales a homosexuales.