Corte Constitucional da vía libre a adopción gay en Colombia
- Alto tribunal respaldó argumento de ponencia que demandaba artículos del Código de Infancia.
- El resultado quedó con seis votos a favor de la ponencia y dos en contra de los magistrados Gabriel Eduardo Mendoza y Luis Guillermo Guerrero.
La ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio sostiene que "la adopción de niños por personas con orientación sexual diversa, en general, y por parejas del mismo sexo, en particular, no afecta por sí misma el interés superior del menor, ni compromete de manera negativa su salud física y mental o su desarrollo integral".
Su ponencia también asegura que así "lo indican las experiencias recogidas del derecho comparado, entre las que se destacan decisiones legislativas y fallos de tribunales internacionales donde siempre se ha tenido en cuenta la primacía de los derechos de los menores y la evidencia probatoria debidamente acopiada”.
La sentencia de la Corte Constitucional declaró exequibles los artículos 64, 66 y 68 que habían sido demandados "bajo el entendido que, en virtud del interés superior del menor, dentro de su ámbito de aplicación están comprendidas también las parejas del mismo sexo que conforman una familia".
La Corte sostiene que es deber del Estado verificar que los adoptantes, en este caso la pareja homosexual, cumpla con todos los requisitos. "Por eso, como cualquier proceso de adopción debe estar siempre dirigido a garantizar el interés superior del menro y el restablecimietno de sus derechos, en todo caso será deber del Estado verificar si se cumplen los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico y la idoneidad de la familia adoptante, de tal forma que esta brinde la estabilidad socieconómica y un ambiente de respeto, amor y bienestar para el niño o la niña".
En el debate primaron las posiciones en favor de reconocer que las parejas homosexuales son tan idóneas como las heterosexuales para criar niños adoptados. Esa fue la postura que durante el proceso defendieron el Gobierno, a través del ICBF y el Ministerio de Justicia, y varias ONG.
La Corte Constitucional discutió desde las nueve de la mañana la demanda contra tres artículos del Código de Infancia y Adolescencia, con la que los accionantes buscaban ampliar las condiciones para adoptar en Colombia con el fin de garantizar el derecho de los menores a tener una familia.
Uno de los artículos que elimina la demanda es el que restringe la adopción para las parejas conformadas por un hombre y una mujer, con el fin de que se pueda ampliar a las parejas del mismo sexo. (Además: Un año después del emblemático caso de adopción homosexual)
El año pasado, el alto tribunal permitió la adopción entre parejas homosexuales siempre y cuando el menor sea hijo biológico de alguna de las personas que sostiene la relación sentimental.
Mientras en el anterior caso la Corte Constitucional decidió sobre el derecho de las parejas del mismo sexo a constituir una familia, en esta demanda el alto tribunal decidió sobre los derechos del menor a tener una familia.
El 3 de septiembre del año pasado la Corte Constitucional aceptó estudiar la nueva demanda de Sergio Estrada Vélez y otros abogados contra los artículos 64, 66 y 68 de la ley 1098 de 2006 por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia.
JUSTICIA
eltiempo.com
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