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jueves, 14 de mayo de 2026

Comisión Europea evita prohibición obligatoria de las terapias de conversión, pero pide a los países eliminarlas

 

Comisión Europea evita prohibición obligatoria de las terapias de conversión, pero pide a los países eliminarlas

- La Comisión Europea afirma que las “terapias de conversión” causan daño físico y psicológico y violan la dignidad humana.  


La Comisión Europea se pronunció oficialmente sobre las mal llamadas “terapias de conversión” dirigidas contra personas LGBTIQ+, luego de que más de un millón de ciudadanos europeos respaldaran una iniciativa para exigir una prohibición en toda la Unión Europea.

Aunque el órgano ejecutivo de la Unión Europea reconoció que estas prácticas vulneran los derechos humanos y carecen de cualquier fundamento terapéutico, finalmente descartó impulsar por ahora una legislación obligatoria para prohibirlas en los 27 países miembros.

En cambio, la Comisión optó por emitir recomendaciones políticas y abrir un proceso de diálogo con los Estados europeos para avanzar gradualmente hacia mayores restricciones contra este tipo de procedimientos.




¿Qué son las terapias de conversión?

Las mal llamadas terapias de conversión son prácticas que buscan modificar o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas LGBT+. Organismos internacionales de derechos humanos, expertos médicos y asociaciones científicas han advertido durante años que estos procedimientos son discriminatorios, violentos y sin sustento científico. La propia Comisión Europea señaló que estas prácticas pueden incluir abuso verbal, coacción, aislamiento, medicación forzada, descargas eléctricas e incluso violencia física y sexual.


“Estas prácticas carecen de valor terapéutico, ya que no hay nada que ‘curar’ o ‘suprimir’”, afirmó el organismo europeo en su pronunciamiento oficial.


¿Por qué la Unión Europea no las prohibió directamente?

La decisión de no impulsar una prohibición vinculante estuvo relacionada principalmente con las dificultades políticas y jurídicas dentro del bloque europeo.

Según explicó la Comisión, incluir las mal llamadas terapias de conversión dentro de la lista de “eurodelitos” —es decir, delitos armonizados a nivel europeo— podría generar fuertes tensiones con gobiernos ultraconservadores y de extrema derecha presentes en algunos países del continente.

Además, una medida de este tipo requeriría altos niveles de consenso entre los Estados miembros, algo que actualmente resulta complejo debido a las diferencias ideológicas y legislativas dentro de la Unión Europea.

Otro de los argumentos planteados es que las competencias para regular y prohibir estas prácticas recaen principalmente en las legislaciones nacionales de cada país. Aun así, la Comisión dejó abierta la puerta para futuras acciones más contundentes. “Podría presentarse una nueva propuesta si las prácticas de conversión constituyeran una discriminación por motivos de sexo u orientación sexual”, indicó el organismo.


“Las terapias de conversión no tienen espacio en nuestra Unión. La Unión Europea está orgullosamente al lado de la comunidad LGBTIQ+”, Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea.


Las declaraciones de la dirigente fueron interpretadas por organizaciones de derechos humanos como un mensaje político importante, aunque insuficiente frente a la necesidad de medidas jurídicas obligatorias.


Los países europeos que ya las prohíben

Actualmente, 10 países europeos cuentan con prohibiciones totales o parciales contra las terapias de conversión:


Alemania

Bélgica

Chipre

Dinamarca

España

Francia

Grecia

Malta

Noruega

Portugal


La Comisión Europea informó que durante lo que resta de 2026 continuará desarrollando espacios de diálogo e intercambio de experiencias entre los países miembros, especialmente con aquellos que ya cuentan con regulaciones en esta materia.

Además, se espera que en 2027 el organismo publique nuevas recomendaciones sobre la protección de los derechos de las personas LGBTIQ+ frente a estas prácticas.


Un debate que sigue abierto

Aunque la decisión de la Comisión Europea fue considerada por algunos sectores como insuficiente, el tema continúa ocupando un lugar relevante en la agenda de derechos humanos del continente. Activistas LGBT+ han insistido en que las terapias de conversión constituyen una forma de violencia y tortura psicológica que debe ser prohibida de manera expresa en toda Europa.

Mientras tanto, la discusión evidencia las tensiones políticas existentes dentro de la Unión Europea frente al avance de los derechos de las personas LGBT+, particularmente en países donde sectores conservadores continúan oponiéndose a medidas de igualdad y reconocimiento.





sábado, 24 de enero de 2026

Decenas de rabinos ortodoxos emitieron una prohibición contra la terapia de conversión para personas LGBTQ+; es dañina, ineficaz y basada en premisas falsas

Decenas de rabinos ortodoxos emitieron una prohibición contra la terapia de conversión para personas LGBTQ+

La declaración afirmó que ningún rabino, educador o terapeuta debe recomendar la terapia de conversión, calificándola de dañina, ineficaz y basada en la premisa falsa de que la atracción por personas del mismo sexo es un trastorno psicológico.





Israel. Decenas de rabinos ortodoxos firmaron recientemente un documento oponiéndose a la terapia de conversión para personas LGBTQ+, calificándola de dañina, ineficaz y basada en la premisa falsa de que la atracción por personas del mismo sexo es un trastorno psicológico.


“El cambio que debe producirse es en el mundo religioso, no entre las personas LGBTIQ+”, expresó Elkana Cherlow, uno de los rabinos y rabbanit firmantes.


A su vez, Cherlow remarcó que “tiene que haber un cambio en nuestras instituciones educativas, en las sinagogas y en la visión de los propios rabinos”.


‘‘Nosotros, los rabinos y rabbanit firmantes, comprometidos con la halajá, en sus obligaciones menores y mayores por igual, creemos que está prohibido, según el principio y el espíritu halájico, que cualquier persona —incluidos un rabino, una rabbanit, un educador o un terapeuta— recomiende a alguien someterse a un tratamiento con el propósito de cambiar su orientación sexual, comúnmente conocido como ‘terapia de conversión’’’, advirtió la declaración


Además, el documento argumentó que ‘‘esto se debe a que la terapia de conversión es dañina, no funciona, y porque la atracción por el mismo sexo no es un problema de salud mental’’.


Los opositores a la terapia de conversión suelen enfrentar una pregunta conocida: si rechazan la terapia de conversión, ¿qué ofrecen entonces a un hombre gay o a una mujer lesbiana religiosa? ¿Deberían vivir en celibato y no actuar nunca sobre su amor?


fuente: agenciaajn.com





jueves, 3 de abril de 2025

Proyecto de ley que prohíbe las "terapias de conversión" avanza en el Congreso colombiano, fue aprobado por unanimidad en el primero de cuatro debates.

Proyecto de ley que prohíbe las "terapias de conversión" avanza en el Congreso colombiano, fue aprobado por unanimidad en el primero de cuatro debates.

Una oportunidad histórica para proteger la dignidad y la diversidad

Al menos 1 de cada 6 personas LGBTIQ+ en Colombia ha sido víctima de estas prácticas.






Bogotá, Colombia – En un avance significativo para los derechos humanos y la protección de la diversidad en Colombia, la Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó por unanimidad en primer debate el proyecto de ley que prohíbe las mal llamadas "terapias de conversión", prácticas que buscan forzar un cambio en la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas.

Bajo el contundente eslogan #QuiéreleSiempre, la iniciativa legislativa propone tipificar como delito autónomo este tipo de intervenciones, que han sido denunciadas en múltiples ocasiones por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos por sus efectos traumáticos y violatorios de la libertad individual.

Desde www.orgullolgbt.co, celebramos este importante paso legislativo. Siempre hemos apoyado esta iniciativa por considerarla urgente y necesaria para garantizar tranquilidad, dignidad y respeto a todas las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas. Es hora de que Colombia diga con claridad: no hay nada que curar.



"Que a nadie se le obligue a reprimir quién es"

La representante Carolina Giraldo (Alianza Verde), autora principal del proyecto, destacó durante el debate que esta propuesta busca salvaguardar los derechos de toda la ciudadanía, no solo de la población LGBTIQ+. Giraldo desmintió rotundamente los argumentos que han intentado desinformar sobre el contenido de la iniciativa: “No se trata de ‘homosexualizar’ ni ‘transexualizar’ a nadie. Eso no tiene ningún fundamento. Lo que se busca es que a nadie se le imponga una identidad ni se le obligue a reprimir quién es”.

Por su parte, el representante a la Cámara Alejandro García (Alianza Verde), hombre abiertamente gay, expresó en sus redes sociales: “Esperamos que esta vez sí pueda ser aprobado y se convierta en ley de la república. Necesitamos proteger los derechos”. Esta es la tercera vez que se presenta un proyecto con este propósito, y aunque en el pasado fue archivado, esta vez ha logrado abrirse camino en medio de un debate difícil, pero necesario.



Obstáculos y tensiones en el debate

Durante la discusión en la Cámara, algunos sectores intentaron archivar la propuesta. El representante del Centro Democrático, José Jaime Uscátegui, argumentó que el proyecto es “desproporcionado y restrictivo contra la libertad de culto y el ejercicio profesional”. Sin embargo, estos intentos no lograron frenar el avance del articulado, que ahora deberá enfrentar tres debates más: uno en la plenaria de la Cámara de Representantes y dos en el Senado de la República.

Un punto clave del proyecto es la creación de un nuevo capítulo en el Código Penal, denominado “Delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales”, donde se contemplan penas de dos a seis años de prisión para quienes promuevan o practiquen estas intervenciones forzadas, incluso si la persona afectada da su consentimiento.


Una deuda pendiente con la diversidad

El proyecto también revela una cruda realidad: al menos 1 de cada 6 personas LGBTIQ+ en Colombia ha sido víctima de estas prácticas. Aunque la propuesta reconoce el daño particular que sufre esta población, su enfoque se extiende a la protección general de cualquier persona sometida a estos abusos.


La aprobación final aún está lejos, pero el mensaje enviado por el Congreso en este primer debate es claro: Colombia está lista para dar un paso histórico hacia el respeto y la inclusión real.


Desde www.orgullolgbt.co reiteramos nuestro compromiso con esta causa y hacemos un llamado a la ciudadanía, a los medios, a los líderes sociales y a los demás sectores del Congreso: proteger la diversidad es proteger la vida, la libertad y la dignidad humana.


#QuiéreleSiempre

#NadaQueCurar









Por Redacción @OrgulloLGBT
www.orgullolgbt.co




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miércoles, 2 de octubre de 2024

Radicado por tercera vez en Congreso de Colombia proyecto de ley #NadaQueCurar que prohíbe las prácticas de "conversión"

Radicado por tercera vez en Congreso de Colombia proyecto de ley #NadaQueCurar que prohíbe las prácticas de conversión.

- Nadie debe ser sometido a una práctica o terapia para "corregir" su orientación sexual, identidad y/o expresión de género.



Por tercera ocasión, el Congreso colombiano estudiará un proyecto de ley que busca prohibir las denominadas prácticas de conversión en Colombia conocidas como los ECOSIG, o Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género, que son "herramientas" de diferente tipo (sesiones psicologías, psiquiatría, religiosas, etc) para "corregir" la orientación sexual mediante maltrato y confusión a las personas.

El trámite legislativo ha fracasado en las dos legislaturas anteriores al no obtener los apoyos suficientes en las cuatro rondas de discusión exigidas para convertirse en ley de la República. 

Este proyecto presentado por la representante Carolina Giraldo ante la Cámara de Representantes tiene como objetivo proteger la dignidad humana y garantizar la autonomía de todas las personas en cuanto a su orientación sexual, identidad y expresión de género.

Prohibir estas prácticas de maltrato representa un paso crucial en la lucha por erradicar la violencia contra la diversidad sexual y de género, promoviendo un país más inclusivo y respetuoso de los derechos humanos. Es una iniciativa que busca proteger la identidad sexual de cada persona, ya sea heterosexual o parte de la comunidad LGBTI, para evitar que alguien en Colombia sufra por la imposición de una orientación sexual o identidad de género que no le corresponde.

La propuesta ha sido respaldada por varios parlamentarios y organizaciones defensoras de los derechos humanos, como la Fundación Sergio Urrego, la Cámara de la Diversidad, Colombia Diversa y Caribe Afirmativo. Además, cuenta con el apoyo de valientes sobrevivientes de los ECOSIG que han decidido transformar su dolor en esperanza, levantar su voz y unirse a la causa para evitar que más personas sufran los efectos devastadores de estas prácticas inhumanas.

El proyecto de ley pone énfasis en prevenir y prohibir estas intervenciones forzadas, mal llamadas "terapias de conversión", que intentan cambiar la orientación sexual o identidad de género de las personas, bajo el pretexto de "curar" algo que no es una enfermedad. Según la OMS, las orientaciones sexuales e identidades de género no son patologías, y cualquier intento de "curación" constituye una violación a los derechos humanos fundamentales.

La iniciativa refuerza la protección a las personas de ser sometidas a estas prácticas de conversión con la creación de un delito autónomo.

 

"Trabajamos junto a sobrevivientes y sus familias para detener estas prácticas en Colombia y evitar más sufrimiento", señaló la Representante Giraldo. 

Hay que aclarar que el proyecto no aborda temas relacionados con procesos de hormonización o reafirmación de género, que son decisiones personales y asistidas por profesionales médicos, sino que se enfoca exclusivamente en la prohibición de las prácticas coercitivas de conversión.

La campaña de apoyo a esta iniciativa ha tomado fuerza en redes sociales con los hashtags #QuiéreleSiempre y #NadaQueCurar, mensajes dirigidos a las familias de personas con identidades sexuales diversas, alentándolas a que brinden su apoyo incondicional y amor a sus seres queridos.


Nota editorial: "Desde OrgulloLGBT.co acompañamos como siempre el proceso legislativo de este proyecto hasta que sea materializado como una ley en el país, con la esperanza de que Colombia se convierta en un referente de respeto hacia la diversidad sexual y de género." Ricardo Montenegro, Director











Por Ricardo Montenegro-Vásquez
Abogado Especializado en Gobierno Gerencia y Asuntos Públicos. Activista LGBT  

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jueves, 13 de junio de 2024

No lo quisieron debatir ¿Prefieren la tortura?

 

No lo quisieron debatir ¿Prefieren la tortura?




Por Manuel Antonio Velandia Mora PhD.*

Por falta de voluntad política, se hundió el proyecto de ley ‘Inconvertibles’, que busca prohibir las prácticas de tortura, o mal llamadas “terapias de conversión”, aplicadas enq contra de las personas de los sectores LGBTIQ+ en Colombia. Los Opositores del proyecto maniobraron para no debatirlo.

La emociones estaban encontradas, la gente presente en el Congreso en la mañana del miércoles 12 de junio se movía entre la tristeza y la alegría. Tristes porque el Proyecto de Ley Inconvertibles se cayó por fechas legislativas, pero sentían mucha alegría por todos los avances logrados.

Evidentemente sucedió lo que muchos temían: Algunos senadores fundamentalistas cristianos lograron que se dilatara el agendamiento, en la lista era el tercero a debate. Había el tiempo suficiente para que empezara la discusión, pero evidentemente el tiempo, que parecía ir más de prisa, ese enemigo que mata las comisiones fue “bien aprovechado” por los siete senadores que dilataron el proceso, lo hicieron de tres formas según Caribe Afirmativo:

1. Dejándola de último punto 

2. ⁠cuando se discutiría se salieron y reventaron el quórum 

3. ⁠metieron miedo con los grupos anti derechos. 

Aun cuando parezca raro el proyecto tenia los ingredientes básicos para pasar, tenía 13 de 20 votos. Los opositores sabían que el tiempo malgastado a su favor daba al traste con los dos debates que debían realizarse antes del 19 de junio. El debate del miércoles era el límite temporal para el primero. Hicieron lo que en su doble moral judeocristiana saben hacer, dilataron para no debatir.

Para comprenderlo mejor debe saberse, según el abogado Wilson Castañeda, que el periodo legislativo se acaba en una semana y ya no se puede volver a agendar y como el proyecto viene de la legislatura pasada, se debe volver a empezar el proceso de cero.

Desde Caribe Afirmativo, tres argumentos metieron miedo:

1. Que era una ley trans: salieron muy anti trans 

2. ⁠Que afecta los niños y niñas: eso les escandalizó.

3. ⁠Decían que había intereses económicos de por medio.

Evidentemente el Senado colombiano no le cumplió al movimiento LGBTIQ+ y a miles de personas que han unido sus voces para respaldar este proyecto de ley. No es posible que en Colombia se siga permitiendo la tortura como método para reprimir y “eliminar” las orientaciones sexuales y la identidad de género. Algo cuyos resultados, según los resultados de los estudios en diferentes lugares del mundo, conduce generalmente al suicidio a las personas que han sido objeto de estas violencias.

El movimiento LGBTIQ+ por supuesto seguirá en la lucha que bien se sabe es ardua, si se recuerda que el Congreso de la república NO ha aprobado ningún proyecto en torno a los derechos de las personas de este sector social.

Por supuesto se espera en la siguiente legislatura que se siga incidiendo hasta lograr que en Colombia las personas con orientaciones sexuales, identidades y/o expresiones de género diversas puedan vivir sus proyectos de vida en libertad, sin que la tortura siga siendo una amenaza, opinó Wilson Castañeda.

Por supuesto cabe preguntarse ¿Es posible llegar a ser un país garante de derechos para toda su ciudadanía, incluyendo a quienes se reconocen desde la diversidad sexual, de géneros y de cuerpos?

Las voces presentes en congreso, esas mismas que se espera se siguen escuchando y leyendo, fueron enfáticas al respecto. El representante Andrés Cancimance recordó que “el proyecto de ley Inconvertibles NO prohíbe el acompañamiento psicológico o espiritual a la población #LGBTI, lo que se prohíbe es que en nombre de Dios o de la Ciencia se torture a las personas para “sanarlas”. Aquí no hay Nada Que Curar”.

La activista y modelo Isabella Castiblanco comunicó en sus redes sociales que, “la identidad de género y orientación sexual diversa NO es una patología”. Al respecto recalcó: “Basta ya de electrochoques y terapias psicológicas forzosas para “corregir” no hay nada que curar, la diversidad es la magia de la humanidad. NO a las mal llamadas terapias de conversión. #NoEsTerapiaEsTortura.

La representante Carolina Giraldo, quien ha liderado esta causa le dijo a la comisión Primera del Senado que “a nadie se le puede obligar a ser lo que no es o a no amar”.

Una voz joven, que se ha hecho escuchar, la de Juan Pablo Vargas, estudiante de derecho y víctima de torturas basadas en la religión, utilizando las redes interrogó ¿Hasta cuándo seguirán legitimando los tratos inhumanos como la tortura, el maltrato psicológico y la violencia espiritual como medios para “curar” algo que no es una enfermedad?

Según el joven, las personas anti derechos han promovido todo tipo de mitos, desinformación y tergiversación alrededor de esta bella iniciativa:

Que impone la transexualidad, la hormonización y el cambio de sexo en los niños y niñas (Falacia que no está por ningún lado en el texto del Proyecto);

Que busca afectar la patria potestad (A pesar de que el proyecto señala explícitamente que para nada esto será así); 

Que existe todo un lobby conspirativo que trabaja bajo las sombras, para imponer una “ideología y dictadura de género” de la mano con los Illuminati;

Que el Proyecto forma parte de una agenda que busca imponer el marxismo cultural y que por eso todas las empresas ponen el arcoíris en su logo durante junio;

Que son falsos los testimonios de las víctimas que con valentía rompieron con el silencio y alzaron su voz;

Que en realidad George Soros les pagó con el fin de apoyar la iniciativa.


Sarcásticamente opinó: Qué curioso que su concepto de marxismo cultural en realidad es la pura definición de capitalismo rosa.

En sus palabras, mentiras como las anteriores se escucharon en la Audiencia Pública previa al debate, y se leen en las redes de “activistas” fundamentalistas que se oponen al proyecto. Se refirieron a la homosexualidad como pecado, como enfermedad, y hasta emplearon términos en desuso como “disforia de género”. ¡Claramente, revictimizándoles¡






Por Manuel Antonio Velandia Mora,
Activista Marica 
PHD en Educación, Enfermería y Cultura de los cuidados. Autor de Desde el cuerpo
CoFundador del Movimiento de Liberación Homosexual en Colombia

Exiliado / Retornado. Bogotá DC

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miércoles, 12 de junio de 2024

Por temas de trámite se hunde con Congreso de proyecto de ley que buscaba prohibir las mal llamadas “terapias de conversión” en Colombia


SE HUNDE EN CONGRESO PROYECTO DE LEY QUE PROHIBÍA LOS LLAMADOS “ECOSIG”

Por temas de trámite se hunde en la comisión primera del Senado el proyecto de ley que buscaba prohibir las mal llamadas “terapias de conversión” en Colombia.

Los conocidos técnicamente como “ECOSIG” son los tratamientos que mediante tortura física o influencia psicológica o religiosa buscan “corregir” la orientación sexual e identidad de género de las personas diversas.




Proyecto de ley contra las terapias de conversión se hunde en el Congreso colombiano

El proyecto de ley destinado a prohibir las terapias de conversión para personas LGBTIQ+ en Colombia se hundió nuevamente en el Congreso por falta de voluntad política. Esta iniciativa buscaba eliminar los Esfuerzos de Cambio de Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), que incluyen prácticas perjudiciales como violaciones colectivas, exorcismos y ritos, las cuales aún se realizan en el país. Este fracaso se suma a los intentos fallidos en 2021 y 2022.


A pesar de este revés, las organizaciones de la sociedad civil han reafirmado su compromiso de continuar trabajando para que las personas con orientaciones sexuales e identidades de género diversas puedan vivir en libertad. La lucha continuará en el próximo ciclo legislativo, ya que la actual legislatura concluye el 20 de junio.


En contraste, países como Canadá, Brasil, Malta, Alemania, Ecuador y Argentina ya han prohibido e ilegalizado las terapias de conversión, reconociendo el grave daño que causan, especialmente entre los jóvenes del colectivo LGBTIQ+.


Este es un tema de derechos humanos que requiere acción urgente de los legisladores para proteger a las personas vulnerables de prácticas inhumanas y discriminatorias. La comunidad y las organizaciones de derechos humanos seguirán luchando para que Colombia se una a los países que han dado este importante paso hacia la protección de los derechos de las personas LGBTIQ+.


NADA QUE CURAR

No es terapia … ¡es Tortura!





Por Ricardo Montenegro-Vásquez
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sábado, 23 de marzo de 2024

Cámara de Diputados de México Aprueba Histórica Reforma: Prohíbe las Terapias de Conversión

Cámara de Diputados de México Aprueba Histórica Reforma: Prohíbe las Terapias de Conversión



La Cámara de Diputados de México da un paso histórico al aprobar una reforma que prohíbe enérgicamente los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), conocidos popularmente como terapias de conversión. Tras años de espera, esta iniciativa finalmente llegó a votación, obteniendo un sólido respaldo con 275 votos a favor, mientras que 102 votaron en contra y 30 se abstuvieron.

Según la definición del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México, las terapias de conversión son prácticas dirigidas a personas pertenecientes a la comunidad LGBTI, especialmente a niñas, niños y adolescentes, con la intención de alterar, cambiar o reprimir su orientación o identidad, considerándolas erróneas o como una enfermedad que debe ser tratada. Estas prácticas se justifican mediante argumentos morales o ideológicos que flagrantemente violan los derechos humanos.

Es importante destacar que estas terapias carecen absolutamente de fundamento científico y suelen acarrear agresiones físicas y psicológicas, así como tratos crueles y humillantes. Todo esto con el objetivo de estigmatizar la orientación sexual del individuo como algo indeseable o negativo, buscando "convertirlo" en una persona cisgénero heterosexual.

Aunque el proyecto fue aprobado en el Senado en octubre de 2022, su discusión en la Cámara de Diputados se postergó hasta el momento actual. Esta reforma prohíbe que los denominados "grupos de ayuda" coaccionen y orienten de manera coercitiva el libre ejercicio de la sexualidad de las personas.

A nivel mundial, las terapias de conversión siguen siendo objeto de un intenso debate, ya que lamentablemente aún son prácticas recurrentes. En 2018, la película "Boy Erased", protagonizada por Lucas Hedges junto a Russell Crowe, Nicole Kidman y Troye Sivan, puso en relieve la cruel realidad de estas terapias.



La aprobación de esta reforma representa un avance significativo en la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas LGBTI en México, marcando un hito en la lucha contra la discriminación y la violencia basada en la orientación sexual e identidad de género.




jueves, 21 de marzo de 2024

En 2do de cuatro debates el Congreso de Colombia avanza en aprobación Ley que prohíbe las mal llamadas "terapias de conversión" de personas LGBTIQ+


En 2do de cuatro debates el Congreso de Colombia avanza en aprobación Ley que prohíbe las mal llamadas "terapias de conversión" de personas LGBTIQ+


El Congreso de Colombia ha dado un paso significativo hacia la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas LGBT, al aprobar en segundo debate el proyecto de Ley 272, conocido como "Ley Inconvertibles". Esta ley tiene como objetivo prohibir las mal llamadas terapias de conversión, que han sido denunciadas como una forma de tortura hacia individuos LGBT.

En la sesión celebrada el 20 de marzo, el pleno de la Cámara de Representantes respaldó este proyecto con 97 votos a favor y 18 en contra. Esta medida llega en un momento crucial, en el que se reconoce la grave violación de los derechos humanos que representan las mal llamadas terapias de conversión. 





Durante años, miles de personas tanto en Colombia como en todo el mundo han sido sometidas a estas prácticas, que buscan cambiar su orientación sexual o identidad de género mediante métodos coercitivos y dañinos. Estas acciones, justificadas bajo la falaz premisa de "corregir" una supuesta enfermedad, han resultado en actos crueles y deshumanizantes.

La aprobación de este proyecto en la Cámara de Representantes es un avance crucial en la lucha contra estas prácticas abusivas. Sin embargo, el proceso legislativo aún no ha concluido, ya que el proyecto debe pasar por un tercer debate en el Senado colombiano, dentro de un total de cuatro debates requeridos.

En respuesta a esta importante noticia, activistas han llevado a cabo una movilización en redes sociales bajo los lemas #NadaQueCurar y #NoEsTerapiaEsTortura, destacando la necesidad de poner fin a estas prácticas que constituyen una violación flagrante de los derechos humanos.

El proyecto pasa ahora al Senado de la República y se espera su aprobación y sanción presidencial a finales de 2024.


#NadaQueCurar 

 #NoEsTerapiaEsTortura





Fotos https://www.freepik.es/


Por Redacción @OrgulloLGBT
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miércoles, 26 de julio de 2023

BÉLGICA PROHÍBE las Mal Llamadas “Terapias de Conversión”

 BÉLGICA PROHÍBE las Mal Llamadas “Terapias de Conversión” 



Hoy, el parlamento belga adoptó una prohibición de las prácticas de conversión basadas en la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género. La prohibición, la octava en Europa, protege a adultos y menores, mientras que los perpetradores contra menores y adultos vulnerables se enfrentan a sanciones penales más severas.

NOTICIA EN DESARROLLO 





lunes, 19 de junio de 2023

RUSIA: El presidente Vladimir Putin ha ordenado al Ministerio de Salud que establezca un instituto psiquiátrico para investigar el comportamiento de las personas LGBT.

RUSIA: El presidente Vladimir Putin ha ordenado al Ministerio de Salud que establezca un instituto psiquiátrico para investigar el comportamiento de las personas LGBT. 

Esto podría ser un paso hacia la implementación de terapias de conversión forzada.

Esto fue anunciado por el Ministro de Salud, Mikhail Murashko, en respuesta a las preguntas de los parlamentarios en la Duma Estatal, informa "Vazhnye Istorii".




El diputado Anatoly Wasserman preguntó a Murashko si su departamento está trabajando en la investigación de "métodos psiquiátricos para ajustar las percepciones [de las personas LGBT sobre roles de género y sexualidad] de acuerdo con la realidad".

"Actualmente, hay una directiva presidencial para establecer un instituto adicional en base a nuestro centro federal de psiquiatría para investigar no solo estos temas, sino también varios aspectos del comportamiento, incluido el comportamiento social. Por lo tanto, esta área también se someterá a una investigación científica obligatoria, además de lo que estamos haciendo actualmente", dijo Murashko. También declaró que ya se están realizando investigaciones similares en los centros científicos rusos.

La respuesta de Murashko confirma los planes de Rusia para implementar la terapia de conversión forzada, según informa el portal LGBT "Parni+". Este término se refiere a un conjunto de prácticas psicológicas y físicas falsamente científicas y coercitivas, supuestamente para curar cualquier orientación no heterosexual. Los expertos de las Naciones Unidas han instado a una prohibición total de la terapia de conversión, comparándola con la tortura.

En febrero de 2023, el Grupo de Crisis SK SOS informó sobre el aumento en Rusia del número de los llamados centros de rehabilitación, donde prometen "curar" la homosexualidad y el ateísmo. Según los defensores de los derechos humanos, los pacientes son golpeados, esposados y sometidos a tortura por hambre. Por otro lado, hace dos años, el periódico "Novaya Gazeta" informó que dichos centros incluso operan en Moscú.


Con información Revista "Holod". 
holod.media 15 de junio de 2023




domingo, 14 de mayo de 2023

Las torturas de “reparación” no son un agravante, son un tipo penal autónomo.

 Las torturas de “reparación” no son un agravante, son un tipo penal autónomo.




Manuel Antonio Velandia Mora PhD.*

En la Comisión Primera Constitucional Permanente, que está compuesta por treinta y cinco (35) Honorables Representantes a la Cámara, se ha presentado nuevamente el proyecto de ley (PL 272) “por medio del cual se prohíben los esfuerzos de cambio de orientación sexual e identidad y expresión de género (ECOSIEG) en el territorio nacional y se promueve la no discriminación por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género diversas en las redes de salud mental y otras instituciones y se dictan otras disposiciones”, a continuación presento algunas de mis apreciaciones al respecto.

Los tipos penales autónomos o, también llamados, “delictum sui generis” son aquellos que se derivan de otra figura delictiva, pero que adquieren autonomía en cuanto a la entidad de su injusto, desarrollando incluso sus propios tipos penales derivados.

Las agravantes en el ámbito penal son circunstancias que aumentan la responsabilidad criminal del autor de un delito. La consecuencia directa es que la pena a imponer es mayor que la del tipo básico del delito.

Esto que suena tan jurídico, yo soy sociólogo, es fundamental. Veamos, el delito autónomo contribuye a la prevención general de la conducta, en este caso la tortura que pretende curar una enfermedad que no existe, en tanto transmite el mensaje según el cual la salud mental y física de las personas pertenecientes a los sectores LGTBI y de las diversidades de géneros y cuerpos, constituyen un bien jurídico que debe ser protegido por el Derecho Penal, del que no puede disponerse por el hecho de pertenecer a estos sectores, es decir por lo que ideológica y culturalmente significa serlo se transmite un mensaje que sirve para deconstruir el imaginario según el cual estas personas son maltratables, prescindibles y desechables, y reafirma la respuesta sancionatoria del Estado cuando esta protección se transgreda.

Recordemos además que Colombia tiene una ley antidiscriminación (Ley 1482 de 2011), que modificó el Código Penal consagrando como delito la discriminación y el hostigamiento.

No se puede hacer terapia de lo que no es enfermedad

La práctica de esfuerzos de cambio de orientación sexual, identidad y expresión de género, promovida por pseudo profesionales y no profesionales del sector salud, no tiene un asidero científico sino meramente ideológico y lleva en sí misma un fuerte sentido y fundamento religioso. Colombia es un Estado laico según deriva de su Constitución​ y la jurisprudencia de la Corte Constitucional​​​​, por lo que el Estado está en la obligación de ser neutral en materia religiosa y dar un tratamiento igual a todas las iglesias y confesiones religiosas y a sus apreciaciones en cuanto a los derechos humanos y sexuales; dada la Separación Iglesia-Estado no se puede ni debe posibilitar que sobre las demás creencias primen los principios morales de una religión, cualquiera que sea su visión sobre las sexualidades.

La psicoterapia es un tratamiento de colaboración basado en la relación de confianza y mutuo respeto entre la persona que busca el apoyo y la persona profesional de la psicología. Como su base fundamental es el diálogo, proporciona un ambiente de permite a la persona usuaria del servicio, hablar abiertamente con alguien objetivo, neutral e imparcial. No hay en la ECOSIEG ningún atisbo de terapia, no se puede corregir lo que no es defectuoso, cuando mucho se puede hablar de pretender variaciones en la salud mental.

La “conciencia” de sí y la inconciencia del otro/æ como auténtico otro/æ

Nadie puede asumirse en la superioridad ética y moral desde la cual atreverse a determinar cual es el “deber ser” para los, las y les demás humanos. Ninguna persona explica el mundo como yo, nadie siente como yo y nadie experiencia la vida como yo, porque al igual que todos los seres humanos tu y yo somos únicos e irrepetibles. Nadie puede pensarse el obligo del mundo, porque es imposible serlo y nadie puede exigir que su manera de explicar, emocionarse y vivir la vida sea comprendida como la única manera posible, la más fiable y la única verdadera. Quien realiza ECOSIEG asume estar en un plano de superioridad moral, aun cuando realmente la suya es una seudo-sapiensa, que recurre a la tortura emocional, física e intelectual y al daño de la dignidad humana.

Desde la maternidad, la paternidad y la pastoral se crean las condiciones para el delito

Algo que el PL 272 no contempla es el rol que juegan madres y padres al cohonestar el delito de tortura, que afecta emocional, corporal e intelectualmente a las víctimas de ECOSIEG; rol que también juegan los pastores y otros miembros de las iglesias que participan de las pseudoterapias.

Recordemos que, según el Código Penal vigente, Artículo 178. Con relación a la “Tortura”, el que inflija a una persona dolores o sufrimientos, físicos o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o confesión, de castigarla por un acto por ella cometido o que se sospeche que ha cometido o de intimidarla o coaccionarla por cualquier razón que comporte algún tipo de discriminación incurrirá en prisión de ciento veintiocho (128) a doscientos setenta (270) meses, multa de mil sesenta y seis punto sesenta y seis (1066.66) a tres mil (3000) salarios mínimos legales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena privativa de la libertad. En la misma pena incurrirá el que cometa la conducta con fines distintos a los descritos en el inciso anterior.

La tortura nunca se puede equiparar al apoyo emocional; la vulneración de derechos humanos y sexuales no se corresponde con la equidad, la solidaridad, el respeto, y menos con el amor que se basa en el modelo de Jesus de Nazareth.

Patologizar y asumir a la otra persona como pecadora, anormal o delincuente no puede ser la base de ningún “acompañamiento” que propenda por el crecimiento personal y la mejora del otro/ de la/le otra/e, pues evidentemente atenta contra la dignidad humana.

No se va voluntariamente a ser torturado

Una persona mayor de edad que como parte del ejercicio de la autodeterminación, debiera partir de la conciencia de sí, cuando da el consentimiento para la tortura; nadie en su sano juicio asumiría como una vivencia sana del cuerpo y la sexualidad vejámenes como el insulto, la separación social, los choques eléctricos en clítoris, glande, testículos, tetillas o pezones en la búsqueda de su crecimiento personal.

Una persona menor de edad niño, niña o adolescente (NNA) es sujeto de derechos, está amparado por el Estado y debe serlo por su familia. Recordemos que son derechos fundamentales de NNA: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión.

Algunos conceptos sexuales que deben ser revisados en el PL 272

El concepto de comunidad es especialmente lo biológico, en algunos casos incluso de olvida que es un concepto ecosistémico; usualmente al usar el concepto se pierde de vista la heterogeneidad de quienes la conforman. Una comunidad se soporta en el consenso, en la sintonía entre grupos e individuos diferentes, donde el conflicto está minimizado. Desde esta óptica, es inapropiado hablar de “comunidad LGBTI”, porque en los sectores sociales LGTBI y de las diversidades de géneros y cuerpos no hay dicho consenso, sintonía y al tratar a las personas integrantes como comunidad se diluyen las diferencias propias de las orientaciones sexuales y las identidades de géneros y cuerpos (SSLGTBI/DG/DC). En resumen, debiera hablarse de Población conformada por personas de los SSLGTBI/DG/DC.

Tampoco es correcto hablar de persona LGTBI. Porque nadie puede ser a la vez L, G y B; aun cuando una persona si puede ser Trans y tener una cualquiera entre las diversas orientaciones sexuales incluyendo la heterosexual. Las personas en su conjunto no son intersexuales, pues las estadísticas son claras al afirmar que solo hay una persona en esta condición entre cada 10 mil seres humanos.

Una de las importantes ganancias del PL 272 es su enfoque preventivo, pero por ello no puede olvidarse que quienes comentan este delito deben tener penas acordes a las violencias ejercidas.




Por Manuel Antonio Velandia Mora,
Activista Marica 
PHD en Educación, Enfermería y Cultura de los cuidados. Autor de Desde el cuerpo
CoFundador del Movimiento de Liberación Homosexual en Colombia

Exiliado / Retornado. Bogotá DC

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investigadormanuelvelandia@gmail.com – móvil 57 3003111731 – Bogotá, Colombia.



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