¡CERO TOLERANCIA A LA DISCRIMINACIÓN! ¡NUNCA MÁS EN ANDINO!
La Mesa LGBT de Chapinero denuncia y rechaza de manera enfática el presunto caso de discriminación ocurrido este fin de semana en el Centro Comercial Andino contra una pareja joven perteneciente a los sectores LGBT por expresar afecto en un espacio público.
REINCIDENCIA: UN HECHO GRAVE Este presunto caso de discriminación contra una pareja joven perteneciente a los sectores LGBT no es aislado. En 2019 ya ocurrió un hecho similar en este mismo Centro Comercial Andino. La reincidencia demuestra ausencia de garantías de no repetición y agrava la responsabilidad institucional del establecimiento.
LOS HECHOS: Un integrante de seguridad de SECURITAS COLOMBIA abordó a la pareja joven perteneciente a los sectores LGBT y les dijo que "no podían demostrar ese tipo de afectos en los centros comerciales", amenazándolos con expulsarlos.
ANÁLISIS JURÍDICO Y MARCO NORMATIVO VIOLADO
1. Derecho a la igualdad - Artículo 13 Constitución Política Garantiza el mismo trato y protección sin discriminación por orientación sexual o identidad de género. Al impedirle a la pareja LGBT lo que se permite a parejas heterosexuales, se configura un trato diferenciado sin justificación objetiva. Esto constituye discriminación.
2. Derecho al libre desarrollo de la personalidad - Artículo 16 Constitución Política Protege la facultad de expresar identidad y afectos. Las manifestaciones de afecto respetuosas entre una pareja en un centro comercial hacen parte de este derecho. Impedirlas únicamente por tratarse de una pareja del mismo sexo es una restricción arbitraria e injustificada.
3. Derecho a la dignidad humana - Artículo 1 Constitución Política Exige trato con respeto, sin humillaciones. Requerir a la pareja para cesar sus manifestaciones de afecto exclusivamente por su orientación sexual y amenazarla con expulsión, transmite el mensaje de que su expresión afectiva es menos legítima. Eso afecta su dignidad.
4. Presunto acto de discriminación - Artículo 134A del Código Penal - Ley 1482 de 2011 Sanciona con pena de 12 a 36 meses de prisión y multa a quien impida o restrinja derechos por orientación sexual. La pena se aumenta hasta en una tercera parte si se comete en espacio público o abierto al público. Si la restricción obedeció exclusivamente a que era una pareja perteneciente a los sectores LGBT, corresponde a la Fiscalía investigar la posible configuración del delito.
5. Deber de prevención y responsabilidad por reincidencia Los establecimientos abiertos al público tienen el deber de brindar servicio en igualdad y adoptar medidas para prevenir actos discriminatorios. Que en 2019 ya hubiera ocurrido un hecho similar y a la fecha no existan protocolos efectivos ni capacitación, agrava la responsabilidad del Centro Comercial Andino por omisión.
JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA
Sentencia T-565 de 2013: "Las manifestaciones de afecto entre parejas, sean del mismo o diferente sexo, están protegidas"
Sentencia T-268 de 2000: El trato diferenciado por orientación sexual e identidad de género es discriminación. Cualquier restricción basada exclusivamente en la orientación sexual resulta incompatible con la Constitución.
EXIGENCIAS INMEDIATAS DE LA MESA LGBT DE CHAPINERO
Al Centro Comercial Andino:
1.SUSPENDER DE MANERA INMEDIATA el contrato con la empresa SECURITAS COLOMBIA.
2.CAPACITACIÓN INMEDIATA Y OBLIGATORIA a todo el personal administrativo y operativo, incluyendo administradores de locales comerciales y de comidas, en derechos de las personas de los sectores LGBT, por parte de la Oficina de Mujer y Género de la Alcaldía Local de Chapinero y de la Dirección de Diversidad Sexual de la Secretaría Distrital de Integración Social.
A la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada - Superseguridad:
3.CONTROLES Y CAPACITACIONES MÁS ESTRICTOS para todas las empresas de seguridad en atención diferencial a personas de los sectores LGBT.
4. SANCIONAR DE INMEDIATO a la empresa SECURITAS COLOMBIA con todo el rigor de la ley.
Al Distrito y a la Alcaldía Local de Chapinero:
5.INSTALAR MESA DE ARTICULACIÓN URGENTE entre el Distrito, el Centro Comercial Andino, la ciudadanía y las organizaciones sociales. En esta mesa DEBE ESTAR PRESENTE LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO, CATHERINE CHÁVEZ HERNÁNDEZ, y DEBE ESTAR PRESENTE UNA PERSONA INTEGRANTE DE LA MESA LGBT DE CHAPINERO COMO VEEDOR/A DEL PROCESO, para garantizar reparación integral a la pareja joven perteneciente a los sectores LGBT, transparencia y garantías de no repetición.
6.PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO INMEDIATO de la Alcaldesa Local de Chapinero, CATHERINE CHÁVEZ HERNÁNDEZ, frente a este presunto caso de discriminación contra personas de los sectores LGBT.
7.PRESENCIA DE LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO, CATHERINE CHÁVEZ HERNÁNDEZ, en el PLANTÓN del día miércoles 22 de julio de 2026 a las 6:30 PM en el Centro Comercial Andino.
CONVOCATORIA PLANTÓN:
MIÉRCOLES 22 DE JULIO DE 2026 - 6:30 PM
LUGAR: CENTRO COMERCIAL ANDINO - CHAPINERO
¡EL AMOR LGBT NO SE CALLA! ¡EL AMOR LGBT NO SE EXPULSA!
Chapinero es territorio diverso. ¡CERO TOLERANCIA A LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LOS SECTORES LGBT! MESA LGBT DE CHAPINERO


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