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miércoles, 29 de agosto de 2012

Reconocen en Brasil la unión civil entre 3 personas



Una notaria en el estado de San Paulo aseguró que en el país no existe “ningún impedimento legal” para casar a un hombre con dos mujeres y ser "una entidad familiar"

“Cuando se contactaron conmigo, averigüé si había trabas legales y comprobé que no existen. Entonces no podía negarme a labrar la declaración”, señaló la notaria y abogada Claudia do Nascimento Rodrigues, del municipio de Tupa.

La declaración estableció que se trata de una “unión afectiva múltiple y simultánea” de dos mujeres con un hombre. El trío, que aún no hizo declaraciones a la prensa, vive en Río de Janeiro.

La notaria los describió como adultos, sin litigios y con sus facultades intactas; y ella, desde su cargo, “tiene la función pública de dar garantía jurídica al conocimiento del acto”.

“No había duda que las tres personas consideraban vivir como una entidad familiar y querían garantizar algunos derechos”, explicó la abogada y reiteró que en la constitución brasileña no existe una ley que impida formar una familia “de a tres” y la ausencia de esa prohibición abre camino para marcar un precedente.

“Yo trabajo con la legalidad. Así, el documento me parece muy aceptable. Es un contrato declaratorio, no estoy casando a nadie”, defendió Claudia.

Algunos grupos religiosos condenaron este suceso. Y la vicepresidenta del Instituto Brasileño de la Familia, María Berenice Dias, dijo que se debe “respetar la naturaleza privada de las relaciones y aprender a vivir en esta sociedad plural reconociendo los diferentes deseos”.



Fuente: AFP tomado de http://america.infobae.com

Clavadista TOM DALEY posa para revista HEAT - Fotos - Video



Ya hemos hablado de la revelación de los Olímpicos de Londres 2012, el joven medallista británico TOM DALEY, quien luego de superar el bullying ha logrado alzarse con el reconocimiento de bronce en el podio. El carismático clavadista posa para la revista HEAT muy ligero de ropa, les traemos fotos y video que esperamos les gusten.


Tom Daley poses for Heat magazine


Tom Daley Shirtless HEAT Photo Shoot

Tom Daley Shirtless HEAT Photo Shoot

Tom Daley Shirtless HEAT Photo Shoot

Artículo relacionado:

Tom Daley el hombre más bello de Londres 2012

http://orgullolgbtcolombia.blogspot.com/2012/08/tom-daley-el-hombre-mas-bello-mejor-de.html



martes, 28 de agosto de 2012

Panel de víctimas de discriminación y obra de teatro de mujeres trans, cierra las Jornadas: "La discriminación es un delito".



Tercera y última sesión, Jornadas: "La discrimimación es un delito": La discriminación en la Piel; donde hombres y mujeres Caribeños y Caribeñas nos expondrán las experiencias en su vida cotidiana de discriminación y presentación por primera vez del grupo de teatro: “transformando” con la obra: “Lo que callamos sobre tacones”, cuyo guión fue construido por ellas mismas a partir de la identificación en el Caribe de factores biopsicosociales de salud, psicosociales, de violencia y/o económicos que fomentan su situación de vulnerabilidad de las mujeres trans. Única Función, Viernes 31 de agosto, 5.00 p.m. Centro de Formación de la Cooperación Española, Plaza de Santo Domingo, centro histórico, Cartagena de Indias.

Entrada libre.
Organiza Caribe Afirmativo

Más info:
http://www.facebook.com/notes/caribe-afirmativo/panel-de-v%C3%ADctimas-de-discriminaci%C3%B3n-y-obra-de-teatro-de-mujeres-trans-cierra-las/10151119298833901

lunes, 27 de agosto de 2012

ACTORES PORNO dicen más que Ooh Yeah! Venden calzoncillos y actúan en videos musicales

Los vimos hace 2 años bailando y haciendo fonomímica de la canción "Get Out Of My Way" de Kylie Minogue. Luego los vimos actuando en los videos para promocionar la super sexy ropa interior de Andrew Christian. Ahora los actores de porno gay de RandyBlue.com llegan parodiando Ooh Yeah! de Moby  

En el último video  algunos de los 32 modelos qué hacen a Randy Blue poco bailan, sólo posan;  pero por su "versatilidad" al parecer quieren dejarnos claro que ellos saben decir más que F*ck me! Ohhh! Oh! OHHHH YEAHHH!

VIDEO Ooh Yeah! de MOBY


En el video aparecen: Marcel Cruz, Jayden Tyler,Derek Atlas,Cole Markum, Roman Todd, Jake Andrews,Jordan Levine,Chris Bines, Andrew Jakk, Brad Barnes, Ian Parker, Sean Zevran, Diego Sans, chad Karzen,Spencer Jones, Brett Swanson, Dante Ferraro, Travis James,Andrew Stark,Nicco Sky, Raphael Cedano, Hayden Clark, Cody Lake, Jorge Fusco, Caleb Strong, Jaxton Wheeler, Oliver Klein, Adi Hadad, Colby Keller, Bryce Tucker,Jarrett Rex, Chris Rockway


VIDEO Get Out Of My Way de Kylie Minogue.



Texto @r_Montenegro

viernes, 24 de agosto de 2012

PAREJA DE LESBIANAS DENUNCIA DISCRIMINACIÓN EN RESTAURANTE DE MEDELLÍN


En la foto, Magda Meneses (izquierda) y Cristina Cardona (derecha) mientras esperan ser atendidas en el restaurante.

EL CENTRO DE DIVERSIDAD DENUNCIÓ EL CASO. ADMINISTRADOR DEL LOCAL COMERCIAL RESPONDIÓ.
A las 7:40 a.m. de este jueves, Cristina Cardona y Magda Meneses se sentaron en una de las mesas de un tradicional restaurante ubicado en la calle Junín.

Antes de hacer su pedido se dieron un beso, pero nunca llegó la atención del mesero para tomarles el pedido.

“Luego el administrador nos dijo que allí podría entrar cualquier persona pero nos pedía que no nos besáramos. Esto es un acto de discriminación, no nos pueden sacar por esto, no estamos atentando contra los derechos de los otros usuarios”, comentó Cristina, una joven que se dedica a las artes plásticas. (LEA ACÁ: Persiste discriminación a la población LGBTI de Medellín).

La pareja permaneció sentada en la misma mesa. Sin embargo, solo fueron atendidas luego de más de una hora, cuando funcionarios del Centro para la Diversidad Sexual y de Género llegaran al sitio y hablaran con el administrador.

“Nosotros los llamamos para que nos brindaran asesoría”, comentó Cristina Cardona.

Este caso de discriminación no es fortuito en la ciudad. De acuerdo con funcionarios de ese Centro, aunque no hay cifras consolidadas, en muchos espacios públicos se presenta discriminación cuando las parejas gay demuestran su amor.

Sin embargo, son pocos los que denuncian. Según una abogada del Centro de Diversidad, las personas LGBTI tienen derecho a denunciar ante la Fiscalía y la Personería estos hechos de discriminación que, según la ley, pueden dar desde multas económicas hasta entre uno y 36 meses de cárcel.

Administrador se defiende
El administrador del lugar donde habría ocurrido el hecho explicó que allí respetan a las parejas homosexuales, pero siempre y cuando tengan un comportamiento y una actitud acorde al establecimiento.

Según el adminitrador, entre sus comensales hay varias parejas gay que se comportan bien y no son discriminadas.

“Finalmente se les atendió, pero estuvieron con una actitud desafiante, da la impresión de que son personas mandadas a desestabilizarnos”, dijo.

Por su parte, Karen Correa, subsecretaria de educación ciudadana de Medellín, dijo que desde la administración municipal se está implementando la política pública para la defensa de los derechos de la población LGBTI.

“Buscamos que haya una protección y una orientación a estas personas de manera privilegiada: cambiar los imaginarios culturales para que esta población esté en todos los espacios públicos, puedan ser respetados y que se les valore su vida”, dijo Correa.

DAVID CALLE ATEHORTÚA



 http://diarioadn.co

jueves, 23 de agosto de 2012

22 al 24 de agosto CICLO ROSA ACÁDEMICO en Universidad Javeriana


El Ciclo Rosa Académico se inició en el 2001 como una experiencia académica, artística y de movilización social. A lo largo de los años, el Ciclo se ha consolidando como un espacio para la difusión, discusión y reflexión sobre temáticas relacionadas con la diversidad de género y sexual a través de la interacción entre conocimientos académicos, prácticas políticas y artísticas, y política pública.

Este año propone un recorrido por las imágenes, las narraciones, las historias y la política.

Lugar:
UNIVERSIDAD JAVERIANA
AUDITORIO JAIME HOYOS
22, 23 Y 24 DE AGOSTO DE 2012.

Organizado por Instituto PENSAR.

Programación:
DÍA 1: POÉTICA Y POLÍTICA DE LA IMAGEN
22 de agosto.
3 - 5 pm.

DÍA 2: ESPACIOS NARRATIVOS DE LA DIVERSIDAD.
23 de agosto
1 - 5 pm.


DÍA 3: HISTORÍA, ESTÉTICA Y POLÍTICA.
24 de agosto.
3 a 5 pm.







+info: 
http://www.facebook.com/events/252724881510989/

Introducir Matrimonio entre parejas homosexuales al Código civil colombiano propone proyecto de ley


El proyecto de ley No. 101 de 2012 busca, mediante la modificación del código civil, que las parejas del mismo sexo puedan celebrar matrimonios civiles y gocen de los mismos derechos y deberes que las parejas compuestas por hombre y mujer.

La iniciativa de la parlamentaria Alba Luz Pinilla es una respuesta al mandato que la Corte Constitucional dio al Congreso de la República en la sentencia C-577 de 2011. Según el fallo el Congreso debe legislar sobre los derechos de las parejas del mismo sexo, incluyendo el matrimonio, antes del 20 de junio del 2013.

Según la Representante “Ya han sido radicadas otras iniciativas que crean figuras como la unión civil que supuestamente otorgan los mismos derechos que un matrimonio, si esto es así, ¿por qué no lo nombran matrimonio? El sólo hecho de llamarlo de otra forma hace que continúe la discriminación en contra de la población LGBTI. El nuestro es el único proyecto que equipara parejas homosexuales y heterosexuales y le permite a ambas casarse”.

La Corte Constitucional ya ha reconocido que en el país existen diversos tipos de familia que deben ser reconocidas y protegidas, incluyendo por supuesto las de parejas homosexuales. “Lo que vemos en este momento es que a pesar de los avances en temas como los derechos patrimoniales o la afiliación al sistema de salud de parejas del mismo sexo, todavía es necesario avanzar en la eliminación de todas las formas de discriminación, para que la población LGBTI no siga siendo tratada como ciudadanía de segunda clase” afirmó la congresista.

Si la iniciativa es aprobada Colombia sería el país número 11 en permitir el matrimonio para parejas del mismo sexo en todo su territorio, después de Holanda, España, Bélgica, Sudáfrica, Portugal, Canadá, Noruega, Suecia, Islandia y Argentina.

Remitido por Oficina de Prensa Dra. Alba Luz Pinilla Pedraza Honorable Representante a la Cámara.


PROYECTO DE LEY No. _______ DE 2012
por medio de la cual se modifica el Código Civil en materia de matrimonio 
y se dictan otras disposiciones. 
El Congreso de Colombia
DECRETA:


Artículo 1º. Objeto. La presente ley tiene por objeto reconocer legalmente el  matrimonio de las parejas del mismo sexo y determinar sus efectos legales de conformidad con el principio de dignidad humana, igualdad y pluralismo que establece la Constitución Política de Colombia.

Artículo 2º.  Definición de matrimonio. El artículo 113 del Código Civil 
quedará así: 

Artículo 113.  Definición. El matrimonio es un contrato solemne por el cual dos personas de distinto o del mismo sexo hacen una comunidad de vida permanente y singular,  con el fin de convivir, procrear o de auxiliarse mutuamente.

Artículo 3º. Capacidad para contraer matrimonio. El artículo 116 del Código  Civil quedará así:

Artículo 116. Capacidad para contraer matrimonio. Las personas del mismo  o distinto sexo, mayores de 18 años pueden contraer matrimonio libremente.

Artículo 4º. El artículo 128 del Código Civil quedará así:

Artículo 128. Solicitud ante Juez. Las personas del mismo o distinto sexo que quieran contraer matrimonio concurrirán al juez competente verbalmente o por escrito, manifestando su propósito. En este acto o en el memorial respectivo expresarán los nombres de sus padres o curadores, según el caso, y los de los testigos que deban declarar sobre las cualidades necesarias en los contrayentes para poderse unir en matrimonio, debiendo en todo caso dar a conocer el lugar de la vecindad de todas aquellas personas.

Artículo 5º. El artículo 130 del Código Civil quedará así:

Artículo 130.  Interrogatorio de testigos y edicto. El juez interrogará a los testigos, con las formalidades legales, y los examinará sobre las cualidades requeridas en los contrayentes del mismo o de distinto sexo para unirse en matrimonio, a cuyo efecto les leerá el artículo 140 de este Código; los examinará también sobre los demás hechos que crea necesarios para ilustrar su juicio.En vista de estas justificaciones hará fijar un edicto por quince días, en la puerta de su despacho, anunciando en él la solicitud que se le ha hecho, los nombres y apellidos de los contrayentes y el lugar de su nacimiento, para que dentro del término del edicto ocurra el que se crea con derecho a impedir el matrimonio, o para que se denuncien los impedimentos que existen entre los 
contrayentes, por el que tenga derecho a ello.

Artículo 6º. El artículo 131 del Código Civil quedará así: 

Artículo 131.  Contrayentes de distritos diferentes. Si los contrayentes  del mismo o de distinto sexo son vecinos de distintos distritos parroquiales, o si alguno de ellos no tiene seis meses de residencia en el distrito en que se halla, el juez de una de las vecindades requerirá al juez de la otra vecindad para que fije el edicto de que habla el artículo anterior, y concluido el término, se le envíe con nota de haber permanecido fijado quince días seguidos. Hasta que esto no se haya verificado, no se procederá a practicar ninguna de las diligencias ulteriores.

Artículo 7º. El artículo 131 del Código Civil quedará así: 

Artículo 135. Celebración del matrimonio.  El matrimonio se celebrará presentándose los contrayentes del mismo o distinto sexo en el despacho del Juez, ante este, su Secretario y dos testigos. El juez explorará de los esposos si de su libre y espontánea voluntad se unen en matrimonio; les hará conocer la naturaleza del contrato y los deberes recíprocos que van a contraer, instruyéndolos al efecto en las disposiciones de los artículos 152, 153, 176 y siguientes de este Código. En seguida se extenderá un acta de todo lo ocurrido, que firmarán los contrayentes, los testigos, el juez y su secretario, con lo cual se declarará perfeccionado el matrimonio.

Artículo 8º. El artículo 136 del Código Civil quedará así: 

Artículo 136. Inminente peligro de muerte. Cuando alguno o alguna de los o las contrayentes del mismo o de distinto sexo o ambos o ambas estuvieren en inminente peligro de muerte, y no hubiere por este tiempo de practicar las diligencias de que habla el artículo 130, podrá procederse a la celebración del matrimonio sin tales formalidades, siempre que los contrayentes justifiquen que 
no se hallan  en ninguno de los casos del artículo 140. Pero si pasados cuarenta días no hubiere acontecido la muerte que se temía, el matrimonio no surtirá efectos, si no se revalida observándose las formalidades legales.

Artículo 9º. El artículo 137 del Código Civil quedará así: 

Artículo 137. Contenido y registro del acta de matrimonio. El acta contendrá, además, el lugar, días, mes y año de la celebración del matrimonio, los nombres y apellidos de los casados del mismo o distinto sexo, los del juez, testigos y secretario. Registrada esta acta, se enviará inmediatamente al notario respectivo para que la protocolice y compulse una copia a los interesados. Por estos actos no se cobrarán derechos.

Artículo 10º. El artículo 137 del Código Civil quedará así:

Artículo 138. Consentimiento. El consentimiento de los esposos o esposas  del mismo o distinto sexo debe pronunciarse en voz perceptible, sin  equivocación, y por las mismas partes, o manifestarse por señales que no  dejen duda.

Artículo 11º. Los numerales 11 y 12 del artículo 140 del Código Civil 
quedarán así: 

Artículo 140. Causales de nulidad. El matrimonio es nulo y sin efecto en los casos siguientes:
12. Cuando respecto de una o uno de los cónyuges o  de ambos o ambas estuviere subsistente el vínculo de un matrimonio anterior.

Artículo  12º. Añádase el artículo 164 A al Código Civil.

Artículo  164 A.  Aplicabilidad. Para todos los efectos legales, se entenderán cobijadas por las disposiciones contenidas en los artículos 165 a 268 y demás normas que regulen lo pertinente al matrimonio y a la unión marital de hecho, las parejas del mismo sexo que contrajeran nupcias o se unieran con las formalidades establecidas por la ley.

En caso de contradicción entre esta norma y las demás, se entiende derogada toda disposición contraria a lo establecido en el presente artículo.

Artículo  13º. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y 
deroga en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias, 
De los honorables congresistas, 

Alba Luz Pinilla Pedraza
Representante a la Cámara


Matrimonio gay, otra vez a debate en Colombia
El proyecto de Ley 101 de 2012 busca modificar la definición “matrimonio” en el Código Civil, la nueva iniciativa acerca del matrimonio gay y que fue presentada por la representante a la Cámara del Polo Democrático Alternativo Alba Luz Pinilla.

Una nueva iniciativa acerca de las uniones entre parejas del mismo sexo fue radicada el miércoles en el Congreso de la República, esta vez por la representante a la Cámara del Polo Democrático Alternativo Alba Luz Pinilla, quien pretende que el matrimonio deje de ser exclusivamente válido para heterosexuales.

Así las cosas, el proyecto de Ley 101 de 2012 busca modificar la definición “matrimonio” en el Código Civil, de manera que las parejas del mismo sexo puedan celebrar uniones civiles.

La congresista le dijo a El Espectador que por mandato de la Corte Constitucional el Congreso está obligado a legislar acerca de las uniones homosexuales antes del 20 de junio de 2013.

Según la representante ya han sido radicadas otras iniciativas que crean figuras como la unión civil que supuestamente otorgan los mismos derechos que un matrimonio. “Si esto es así, ¿por qué no lo nombran matrimonio? El solo hecho de llamarlo de otra forma hace que continúe la discriminación en contra de la población LGBT”, sostuvo.

Para el representante liberal Guillermo Rivera, “pese a ser un proyecto controversial es necesario darle prioridad a la orden de la Corte Constitucional”, agregó.

Desde el Partido de la U, el pasado 6 de agosto, el legislador Miguel Gómez también radicó un proyecto para regularizar las relaciones patrimoniales, alimenticias, de socorro y de seguridad social entre parejas estables, sean heterosexuales u homosexuales.

Por su parte, el congresista del Polo Democrático Iván Cepeda dijo que ojalá esta vez sí se dé luz verde a la igualdad de derechos, porque a su juicio este es un tema que tiene que ver con romper cualquier discriminación.

La representante del Movimiento MIRA Gloria Díaz cree que sería mejor hacer una modificación a la Constitución, en el sentido de quiénes conforman la familia. Asimismo, el representante conservador Telésforo Pedraza dijo que hay que asumir el debate con madurez y altura.

Fuente: El Espectador.

miércoles, 22 de agosto de 2012

Lady Gaga CONFIRMA fecha para Colombia el 6 de noviembre estará en BOGOTÁ



Lady Gaga confirma concierto en Bogotá. La artista se presentará el próximo 6 de noviembre en el estadio El Campín de Bogotá.

Lady Gaga se presentará el próximo 6 de noviembre en el estadio El Campín de Bogotá. La boletería saldrá a la venta el próximo 27 de agosto y se extenderá hasta el 29 para los que puedan comprarla con tarjetas de crédito AV Villas. A partir del 30 de este mismo mes se sacará a la venta las entradas restantes para cualquier medio de pago.

Gaga anunció su gira latina el pasado 6 de agosto, pero sin incluir a nuestro país como destino. La razón, faltaba confirmar la ciudad, el escenario y hacer los pagos correspondientes.

La gira latina "Born This Way Ball", con la que promociona desde abril su más reciente disco "Born This Way", ya estuvo en Europa y llegará al continente el 26 de octubre, comenzando por Ciudad de México. Luego la cantante pop se presentará el 30 de ese mismo mes en San Juan (Puerto Rico), el 9 de noviembre en Río de Janeiro (Brasil), el 11 en Sao Paulo (Brasil), el 16 en Buenos Aires (Argentina) y finaliza el 20 en Santiago de Chile (Chile).

por Shock.com.co - Elespectador.com



HARRY DESNUDO: El Príncipe deja ver las "JOYAS" de la Corona británica



Publican unas fotos del príncipe Harry desnudo
Las dos imágenes subidas en el portal de internet muestran a un joven sin ropa abrazado a dos personas, también depojadas de su vestimenta
EFE / LOS ÁNGELES





La página web especializada en famosos TMZ publicó hoy unas fotografías que asegura que corresponden a una alocada fiesta en Las Vegas (EE.UU.) en la que el príncipe Enrique, controvertido segundo hijo del heredero de la corona británica, terminó desnudo junto con varias mujeres. Las dos imágenes subidas en el portal de internet muestran a un joven sin ropa abrazado a dos personas, también desnudas, aunque en ninguna de las instantáneas se puede distinguir claramente que se trate del miembro de la casa real inglesa.

En una de ellas se observa al varón tapándose los genitales con las manos y con la cara de perfil, en la otra esa misma persona aparece borrosa y de espaldas. TMZ, página web que fue la primera en publicar la muerte de Michael Jackson en 2009, así como una fotografía del difunto "rey del pop", indicó que las imágenes corresponden al príncipe Enrique quien según algunos testigos estuvo de fiesta en Las Vegas el pasado viernes junto con un grupo de amigos.

Las fotografías se habrían producido después de que los retratados jugaran al billar en modalidad "striptease" hasta despojarse de toda su ropa en una habitación de lujo de un hotel de la "ciudad del pecado". TMZ relató que el príncipe Enrique y sus compañeros conocieron a un grupo de mujeres en un bar y las invitaron a su habitación.

Las fotografías habrían sido tomadas por algunas de las personas que estuvieron presentes en la fiesta. La página web indicó que un representante de la casa real inglesa declinó hacer comentarios respecto a las instantáneas "por el momento".

Sucesión de escándalos
El príncipe Enrique, de 27 años, es un aficionado a las fiestas y en 2011 pasó el verano en Croacia donde recorrió los locales nocturnos de la ciudad costera de Hvar junto con unos amigos y fue visto tirándose vestido a la piscina de una discoteca. En 2005 acudió a una fiesta de disfraces vestido como soldado nazi, lo que desató una gran polémica en su país.

Tomado de http://www.abc.es

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Nota del Editor @OrgulloLGBT : Independiente del estatus del joven príncipe dentro una institución criticada como la Monárquica, consideramos que nada de malo tiene la desnudez. Lo perjudicial en una sociedad es obligar a una persona en contra de su voluntad a llevar una vida de apariencias, regida bajo unas normas que en casos van contra la propia racionalidad al ponerles en el ojo del huracán con consecuencias tan graves y tristes como la muerte propiciada por la jauría de paparazzis a la misma madre del joven, la Princesa Diana. Juzguen ustedes mismos si se justifica el escándalo o no.

@r_Montenegro

martes, 21 de agosto de 2012

@OrgulloLGBT se consolida como LÍDER en twitter

Luego de superar los 7.000 seguidores nos complace registrar el creciente ascenso de nuestra cuenta en twitter.

Según http://www.twitter-colombia.com/ punteamos entre las cuentas de contenido LGBT similares y según el siguiente cuadro comparativo de http://twittercounter.com llevamos una sólida tendencia ascendente.

Lo anterior es muestra del compromiso que asumimos del lado de las minorías sexuales. Pero nada hacemos sin nuestr@s seguidor@s, a quien reconocemos el grande apoyo que impulsa la lucha que constante y diariamente damos desde nuestro espacio comunicativo por la LIBERTAD y la IGUALDAD.

Gracias!
RICARDO MONTENEGRO-VÁSQUEZ
@r_Montenegro 
Abogado, Editor web OrgulloLGBT.net





sábado, 18 de agosto de 2012

CINE - Tormenta De Verano : Un Romance Gay Adolescente

La asunción de la condición sexual, ese paso liberador y a menudo traumático es la esencia de esta entretenida comedia dramática alemana. Un grupo mixto de remadores Bávaros van a disputar el torneo juvenil y para ello se trasladan hasta una presa donde tendrá lugar la competición. Allí se dan cita varios grupos mixtos de jóvenes remeros de las diversas partes del país Alemán.

Tobi es el protagonista de la historia. Está enamorado de Achim pero no le confiesa a éste su amor y mientras tanto va tirando como puede con su novia, la guapísima Anke (interpretada por Alicja Bachleda-Curus). A su vez Achim está saliendo con Sandra y cuando Tobi se pone muy cariñoso lo rechaza sin llegar a intuir los sentimientos que Tobi siente hacia su persona.

Curiosamente en el torneo hay un grupo de remadores de Berlín homosexuales. Cuando se presentan como tales, mostrando sus camisetas, en el grupo de Tobi algunos de sus compañeros se muestran a la defensiva, temerosos de que sus tiendas estén juntas. Tobi tendrá así ocasión de dar ese primer paso, de ver en su salsa a gente como él, actuando sin veladuras ni cortapisas y tener de paso un encuentro sexual con uno de los remadores berlineses.

A partir de entonces Tobi debe aclarar sus ideas, aceptar quién es y hacer de ello partícipes a los demás. Se alternan momentos hilarantes con otros más dramáticos, como los sentimientos encontrados que genera Tobi a su alrededor; el sufrimiento que genera en Anke, en Achim, en Sandra, todos ellos víctimas del descentramiento y miedo de Tobi.

El Torneo será el acicate perfecto para que Tobi se encuentre a sí mismo, deje de ser un desdichado y pueda comportarse tal como es con Achim, con Anke y con todos cuantos le rodean.

Tormenta de verano es una agradable y amena comedia, que se disfruta por la bonhomía de la historia, que plasma con acierto el estallido hormonal de un grupo de adolescentes sin caer en la grosería ni en el morbo gratuito, sino que con gran sutileza, y con unas interpretaciones notables permite que ese tránsito sea conmovedor y bello, como lo es amor, sin tener en cuenta quienes aman ni en quienes depositan su amor. Un alegato pues a favor del amor, homo o hetero, de la tolerancia, que desnuda al alma de miedos y rechazos autoimpuestos.

Eso sí una película de estas características en España no me la imagino y es que Alemania siempre ha sido un país muy desarrollado. En el terreno sexual también, lo cual permite que un equipo de remeros lleve por nombre “QueerSchlog”.

Tomado de http://www.cuak.com



VER PELÍCULA COMPLETA ON LINE: 



Argumento/sinopsis
Tobi y Achim son dos adolescentes, amigos de toda la vida. Uno es timonel, el otro remero en un equipo juvenil de remo que participa en competencias estatales. Han celebrado numerosas victorias en el pasado y esperan con impaciencia disputar la gran regata de la región. Pero ahora están en un campamento de verano junto a un lago, previo a la gran competencia, y han dejado de ser niños. Cuando se vuelve serio el flirteo de Achim con Sandra , Tobi se da cuenta de que sus sentimientos para Achim son mucho más profundos de lo que quiere admitir. Se siente confuso, incómodo, y cada vez más excluido. Su angustia crece cuando ve que Anke , amiga de Sandra, se interesa por él. Entonces, en lugar de tener como vecinos de campamento al equipo femenino berlinés tan esperado, llega un equipo de jóvenes gay que hacen gala de su condición.

Dirección: Marco Kreuzpaintner.
País: Alemania.
Año: 2004.
Duración: 98 min.
Género: Tragicomedia.
Interpretación: Robert Stadlober (Tobi), Kostja Ullmann (Achim), Alicja Bachleda-Curus (Anke), Tristano Casanova (Georg), Miriam Morgenstern (Sandra), Marlon Kittel (Leo), Hanno Koffler (Malte), Jürgen Tonkel (Hansi), Alexa Maria Surholt (Susanne), Jeff Fischer (Flasche), Joseph M’Barek (Ferdl).
Guión: Tom Bahmann y Marco Kreuzpaintner; basado en un argumento de Marco Kreuzpaintner.
Producción: Uli Putz, Thomas Wöbke y Jakob Claussen.
Música: Niki Reiser.
Fotografía: Daniel Gottschalk.
Montaje: Hansjörg Weissbrich.
Diseño de producción: Heike Lange.
Vestuario: Anke Winckler

TRAILER











2da. Marcha LGBTI de la Ciudadania Santa Marta


La recientemente conformada Mesa LGBTI de Santa Marta, Magdalena organiza e invita a la 2da. Marcha LGBTI que bajo el lema " POR UNA GARANTÍA PLENA DE LOS DERECHOS" tendrá lugar éste sábado 18 de agosto de 2012 desde las 4pm partiendo de parte del IED Santander y finalizando en el Parque Simon Bolívar donde realizarán un plantón. Nuestro apoyo a lxs compañer@s de la bahía más linda de América.

Lxs activistas convocan a la ciudadanía diciendo "NO MAS VIOLENCIA E INVISIBILIDAD CONTRA LAS PERSONAS DISTINTAS, NO MAS PREJUICIO CONTRA LAS ORIENTACIONES SEXUALES E IDENTIDADES DE GENERO DIVERSAS".

"NO SOMOS PELIGROSXS ESTAMOS EN PELIGRO"

Día: sábado 18 de agosto de 2012
Hora: 04:00 pm
Lugar: IED Santander al Parque Simon Bolívar

Más info: 

OTRAS ACTIVIDADES :




viernes, 17 de agosto de 2012

Ricky Martin: 'Estoy obsesionado con Twitter'




El cantante puertorriqueño ha confesado lo mucho que le gusta la red social Twitter y cuán obsesionado está con las repercusiones que un comentario puede generar.

"Adoro Twitter. Es increíble ver el poder que tiene un tuit. Cuando lo envías empiezas a sudar porque sabes que va a haber una reacción inmediata, a veces buena, a veces mala. Estoy obsesionado con Twitter", explicó el artista en el programa de entrevistas 'Late night with Jimmy Fallon'.

Asimismo, contó cómo esta herramienta virtual le ha servido en ocasiones como fuente de inspiración para componer su música y para saber cuál será la reacción de la gente.
"A veces tuiteo canciones que me gustan y que son inspiradoras para mi trabajo. Enseguida puedes conocer cuál es la reacción de la gente y si eso les gusta", relató.
Respecto a si la cuenta la gestiona él mismo, Ricky Martin respondió tajante que es él quien escribe los tuits y sube las fotografías y que, a diferencia de otros famosos, no tiene una persona contratada para gestionar su red social.

"Tuiteo yo mismo. Nadie me lleva la cuenta. Sé que hay gente que lo hace, pero Twitter soy yo", añadió. 

En la entrevista, Ricky también habló de su reciente mudanza a la ciudad de Nueva York, donde trabaja en el musical 'Evita', basado en la vida de la argentina Eva Perón.

"Estar en el teatro es fascinante. Te enfrentas al público cada noche y eso te hace crecer como actor. No tiene nada que ver con un concierto. Tienes que estar totalmente concentrado", dijo.

Sin embargo, y pese a esa concentración máxima que requiere un espectáculo como el suyo, en el que se actúa y se canta, hay ocasiones en que la mente se queda en blanco, algo que le sucedió en una ocasión con un resultado imprevisto.

"El director nos dice que si nos quedamos en blanco, digamos algo en español, pero yo empecé a maldecir y a soltar palabrotas. Lo mejor de todo es que obtuve una inmensa ovación", concluyó risueño el artista.

Vía BangShowbizMedia 

CELEBRACION DE LOS 3 AÑOS DE CARIBE AFIRMATIVO




LA DISCRIMINACION EN COLOMBIA MOTIVADA POR ORIENTACION SEXUAL E IDENTIDADES DE GÉNERO.

Hace tres años en  el Claustro de san Agustín Univesidad de Cartagena, un grupo de 14 personas, que desde diferentes escenarios (académicos, sociales, artísticos, culturales y políticos) que en la región Caribe venian haciendo  incidencia  investigativo, movilización social y  presión política, decidieron unirse y crear la Corporación Caribe Afirmativo, para el respeto y reconocimiento de derechos de la diversidad sexual y las identidades de género, hoy tres años despues, esta estrategia de sociedad civil se consolida con proyectos de intervención y acciones de incidencia política en  los departamentos del Atlántico, Bolívar, Córdoba y Sucre y  fortalece sus proyectos de Observatorio de derechos humanos, grupo de investigación sobre  diversidades sexuales e identidades de género en el Caribe, agenda de incidencia política y de acciones afirmativas con los gobiernos locales,, espacios de formacion ciudadana y  articulacion en red con actores y aliados de la causa en perspectiva de género y de derechos.  Por ese logro las y los convocamos a que celebren el acto académico región Caribe, diversidades sexuales e identidades de género diversas que  por cuarta ocasión realizamos.

" Los días 17, 24, 31 de agosto en el Centro de Formación de la Cooperación Española se realizarán las jornadas “La Discriminación es un Delito”, que pretende hacer un acercamiento a los alcances de la Ley 1482 del 2011, que penaliza la discriminación en Colombia. La actividad es de carácter gratuito, con entrada libre hasta completar el aforo.

La  Ley 1482 del 2011 señala entre otras cosas, que la discriminación será castigada con prisión de 12 a 36 meses y multa de 10 a 15 salarios mínimos a quienes impidan, obstruyan o restrinjan el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual. En Cartagena también se presentan casos de discriminación y se ha conocido a través de los medios de comunicación, de personas que han sido rechazadas o maltratadas por su color de piel o condición sexual.

Estas jornadas que abordan un tema fundamental para la convivencia y la justicia se realizan en el marco del tercer aniversario de labores de la Corporación Caribe Afirmativo y son organizadas por nosotros en  unión con el Centro de Formación de la Cooperación Española, la Embajada de España en Colombia, la Fiscalía Provincial de Barcelona y Escuela Nacional Sindical de Colombia, con la colaboración de la Gobernación de Bolívar.

El 17 de agosto a las 5 de la tarde, se realizará la primera sesión con el tema “La discriminación en términos jurídicos y socioculturales” con la participación de Alexander Pérez Álvarez, docente de la Universidad de Cartagena, trabajador social y Director de Investigación de la Corporación Caribe Afirmativo; Natalia Sorzano, abogada, Directora de la Oficina de Asuntos LGBT del Ministerio del Interior en Colombia; Guillermo Correa, Investigador de la Escuela Nacional Sindical, Especialista en asuntos discriminatorios en afros y LGBT;  y la moderación de Wilson Castañeda, Director de la Corporación Caribe Afirmativo.

El 24 de agosto a las 3 de la tarde, se realizará la segunda sesión, “Experiencias legales de atención a crímenes de odio” con la participación especial de Miguel Ángel Aguilar, Fiscal Coordinador del Servicio de Delitos de Odio y Discriminación de la Audiencia Provincial de Barcelona (España); Juan Carlos Gossaín, Gobernador de Bolívar; Edwin Salcedo, Consultor de USAID en Colombia, que participó en el proceso de redacción de la Ley 1428 de 2011; Germán Rincón Penfertty, abogado, con experiencia de litigio en  tribunales Internacionales y consultor para la OEA y Naciones Unidas en temas LGBT y la moderación de Wilson Castañeda.

La última sesión será el 31 agosto a las a las 5 de la tarde, con tema de “La vivencia de la discriminación” con un panel de víctimas, y la presentación a las 7 de la noche de la obra “Lo que callamos sobre los tacones” del grupo teatral TRANSformando, que tratará temáticas que afectan a la población de personas trans en el Caribe como la realidad sociosanitaria a que se enfrentan, la estigmatización social-laboral y la violencia (física, verbal y psicológica). La obra también es de entrada libre".


Por Dirección Corporacion Caribe Afirmativo.

jueves, 16 de agosto de 2012

COLOMBIA: Texto del Proyecto de Ley “Por medio de la cual se regula la Unión Civil entre personas”



Radican nuevo proyecto de "unión civil" de parejas del mismo sexo
Aunque no es explícita la figura de matrimonio, la iniciativa sí establece los mismos derechos de las parejas de heterosexuales.

- El senador Armando Benedetti y el representante a la Cámara, Alfonso Prada, presentaron una iniciativa que "regula" la unión civil entre parejas del mismo sexo. Aunque no habla directamente del matrimonio, los autores advierten que el proyecto "acepta la solicitud hecha al Congreso por la Corte Constitucional", para que se legisle de manera sistemática y organizada sobre los derechos de las parejas del mismo sexo en un término máximo de dos años.

"El proyecto crea la figura de la Unión Civil, con los mismos efectos jurídicos del matrimonio, que solo procede para parejas heterosexuales", explican los autores.

"El proyecto pretende acabar con la clara desigualdad profunda en la que se encuentran las parejas del mismo sexo que desean contraer matrimonio y no lo pueden hacer, a diferencia de las parejas heterosexuales", recalcan.

“Este hecho evidencia que aún en el siglo XXI se considera que existen ciudadanos de primera categoría y otros de segunda categoría. El Estado se relaciona con ellos no sólo de manera diferencial sino claramente discriminatoria. La posibilidad de acceder a este derecho debe ser igual para cualquier ciudadano, independientemente de su preferencia sexual. Es respetar el supuesto básico de la inclusión y la no discriminación”, aseguró Benedetti.

Para el representante Prada, “es hora de que el Estado reconozca y vele por los derechos y obligaciones mutuas no solo de las parejas heterosexuales sino también de las parejas del mismo sexo. Este tipo de protección significa fundamentalmente dos cosas: primero, que la sociedad reconoce esa unión; segundo, que esa unión acarrea derechos y obligaciones, entre los que pueden encontrarse los derechos de herencia, de patrimonio, de seguridad social, entre otras cargas impositivas y beneficios de diversa índole”.

Tomado de elespectador.com

PROYECTO DE LEY

“Por medio de la cual se regula la Unión Civil entre personas y se dictan
otras disposiciones”

El Congreso de la República de Colombia

Decreta:

CapítuloI
DE LA UNIÓN CIVIL

ARTICULO1. Definición.La Unión Civil es un acto jurídico, celebrado ante notario,
mediante escritura pública, entre personas del mismo o de diferente sexo que se
denominarán cónyuges, bajo su consentimiento libre y espontaneo, con el objeto
de formar una comunidad de vida permanente y apoyarse mutuamente.

ARTÍCULO 2. Capacidad para constituir la Unión Civil. Podrán constituir una
Unión Civil las personas naturales, mayores de 18 años, que no se encuentren
unidas bajo el vínculo del matrimonio con otra persona, ni tengan una unión civil o
marital de hecho vigente.

ARTÍCULO 3. Requisitos para la Celebración de la Unión Civil. La unión civil
se celebrará ante el Notario del círculo notarial del domicilio de uno o de ambos
contrayentes, para la celebración del contrato de Unión Civil se deberá cumplir
con los siguientes requisitos:

1. Solicitud escrita para la realización del mismo presentada personalmente
ante el notario por los contrayentes.
2. Declaración de que no existe impedimento legal para suscribir el contrato
de Unión Civil.
3. Registros civiles de los contrayentes expedidos con máximo un mes de
antelación a la fecha de presentación.
4. Si alguno o ambos contrayentes había estado unido bajo el vínculo del
matrimonio con otra persona deberá allegar la sentencia de divorcio y el
inventario solemne de bienes si tuviere hijos menores de edad.

ARTÍCULO 4. Verificación de los requisitos y fijación de edicto. Una vez
el notario verifique el cumplimiento de los requisitos enumerados en el artículo
anterior,hará fijar un edicto por el término de cinco (5) días, en la secretaría de
su despacho, en el que se hará constar el nombre completo de los contrayentes,
documentos de identidad, lugar de nacimiento y domicilio de los mismos.

ARTÍCULO 5. Oposición.Si durante el periodo de fijación del edicto alguien
manifiesta tener motivos fundados para oponerse a la celebración de la Unión
Civil, el Notario deberá informar a las partes que se ha presentado oposición
y trasladar el asunto en un término de tres (3) días ante el juez civil municipal
competente, para que resuelva mediante procedimiento breve y sumario sobre la
pertinencia o no de la misma.

Artículo 6. Procedimiento para la oposición. Una vez el juez competente
conozca de la actuación procederá a citar a las partes en un término no mayor
a 10 días, para escucharlas en única audiencia, donde se deberán aportar las
pruebas que respalden la oposición, con el de fin de determinar al final de la
misma la procedencia o no de la oposición.

En caso que una de las partes no llegaré a presentarse por motivos de fuerza
mayor, el juez citará a una nueva audiencia dentro del término 10 días siguientes a
la audiencia no celebrada.

La excusa por inasistencia deberá presentarse en un término no mayor a tres días;
en caso de no presentarse la excusa o que la misma no justifique la inasistencia,
por parte de quien se oponga no prosperará la oposición, y por parte de quienes
solicitaron la celebración de la unión civil se presumirá que desisten de contraerla.

Contra la providencia que resuelva la oposición procede el recurso de apelación y
en subsidio reposición.

Si no prospera la oposición, una vez notificada la decisión del juez los
contrayentes podrán celebrar la Unión Civil.

ARTÍCULO 7. Contenido de la Escritura Pública. La escritura pública mediante
la cual se protocolice la Unión Civil deberá contener los siguientes requisitos:

I. El nombre, edad y domicilio de los futuros cónyuges.
II. El domicilio donde se establecerá el hogar común de los cónyuges.
III. La manifestación de la voluntad expresa, de quienes celebran el
contrato, de vivir juntos en el hogar común, con voluntad de permanencia y
ayuda mutua.
IV. Las capitulaciones, si las hubiere.
V. La firma de los contratantes.

Capítulo II
DERECHOS Y DEBERES DE LOS CONYUGES.

ARTICULO 8. Derechos. Los cónyuges que conformen una Unión Civil tendrán
los mismos derechos de los cónyuges unidos mediante el vínculo del matrimonio
en materia civil, sucesoral, patrimonial, penal, de seguridad social y de cualquier
otra índole.

ARTICULO9. Deberes. Los cónyuges unidos bajo la unión civil tendrán los
siguientes deberes:

A. Deber reciproco de proporcionarse alimentos.
B. Deber de convivir en el mismo domicilio.
C. Deber de apoyo mutuo.
D. Deber de fidelidad.
E. Deber de respeto mutuo.

Capítulo III
NULIDAD DE LA UNIÓN CIVIL

ARTICULO10. Causales. La unión civil no tendrá efectos en los siguientes casos:

1. Cuando cualquiera de las dos personas contrayentes tenga matrimonio,
sociedad conyugal, unión marital de hecho o unión civil vigente.

2. Cuando el contrato adolezca de alguno de los vicios del consentimiento.

3. Cuando uno o ambos contrayentes sean menores de 18 años.

4. Cuando uno de los contrayentes haya sido condenado por el homicidio de
su cónyuge anterior o cuando ambos contrayentes hayan sido condenados
por ese homicidio; en ambos casos el homicidio debe ser doloso.

5. Cuando los contrayentes están en la misma línea de ascendientes y
descendientes o son hermanos.

6. Cuando se ha contraído entre adoptantes y adoptados.

ARTICULO11. Solicitud de nulidad. Para el caso de la causal de nulidad
consagrada en el numeral primero del artículo anterior tienen derecho a
interponerla el cónyuge anterior, los parientes de los contrayentes en segundo
grado de consanguinidad y primero de afinidad.

Podrán alegar la causal segunda consagrada en el artículo anterior el cónyuge a
quien se le hubiere viciado su consentimiento.

En el caso de la causal tercera del numeral anterior podrán alegar la nulidad los
ascendientes en línea directa de alguno de los contrayentes.

Para el numeral cuarto del artículo anterior podrán invocar la causal de nulidad los
consanguíneos del cónyuge fallecido.

Cuando exista vínculo de consanguinidad o civil entre los contrayentes de
conformidad con el numeral quinto y sexto del artículo anterior podrán invocar la
causal los consanguíneos de los contrayentes.

ARTICULO 12. Efectos de la nulidad. Anulado un matrimonio, cesan desde
el mismo día entre los consortes separados todos los derechos y obligaciones
recíprocas que resultan del contrato de Unión Civil; pero si hubo mala fe en
alguno de los contrayentes, tendrá este obligación de indemnizar al otro todos los
perjuicios que le haya ocasionado, estimados con juramento.

Capítulo IV
TERMINACIÓN DE LA UNIÓN CIVIL

ARTICULO 13. Causales de terminación. La unión civil podrá terminarse por
cualquiera de las siguientes causales:

1. Por la voluntad de los dos contrayentes.

2. El grave e injustificado incumplimiento por parte de alguno de los cónyuges
de los deberes que la ley les impone.

3. Las relaciones sexuales con terceros.

4. Los ultrajes, el trato cruel y el maltrato físico y/o psicológico.

5. La embriaguez o el uso habitual de sustancias alucinógenas o
estupefacientes, de unos de los cónyuges.

6. Toda enfermedad o anormalidad grave e incurable, física o síquica, de
uno de los cónyuges, que ponga en peligro la salud mental o física del otro
cónyuge e imposibilite la convivencia con el otro.

7. Toda conducta de uno de los cónyuges tendientes a enviciar o pervertir al
otro.

ARTICULO 14. Proceso de terminación. Para el procedimiento de terminación
de la unión civil se aplicaran las mismas normas del divorcio consagradas en el
Código de Procedimiento Civil.

ARTICULO 15. Efectos de la terminación. Ejecutoriada la sentencia que decreta
la terminación de la unión civil, queda disuelto el vínculo, cesan los efectos
civiles y se disuelve la sociedad conyugal, pero subsisten los derechos y deberes
alimentarios de los cónyuges entre sí.

Capítulo V
DISPOSICIONES VARIAS

ARTICULO 16. Modifíquese el artículo 1 de la Ley 258 de 1996 así:

Artículo 1. Definición. Entiéndese afectado a vivienda familiar el bien inmueble
adquirido en su totalidad por uno de los cónyuges, antes o después de la
celebración del matrimonio o unión civil destinado a la habitación de la familia.

ARTICULO 17. Modifíquese el artículo 2 de la Ley 495 de 1999 así:

Artículo 2o.Los numerales a) y b) del artículo 4o. de la Ley 70 de 1931 quedará
así:

Artículo 4o. El patrimonio de familia puede constituirse a favor:

a) De una familia compuesta por un hombre y una mujer mediante matrimonio, o
por compañero o compañera permanente y los hijos de estos y aquellos menores
de edad.

b) De familia compuestaúnicamente por un hombre o mujer mediante matrimonio,
o por compañero o compañera permanente.

c) De una familia compuesta por personas del mismo sexo unidas bajo el vínculo
de la unión civil o por compañeros permanentes.

ARTÍCULO 18. Vigencia. La presente ley rige a partir de su promulgación y
deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Cordialmente,


ALFONSO PRADA
Representante

ARMANDO BENEDETTI V.
Senador

martes, 14 de agosto de 2012

La generala GENERAL: Una lesbiana luchadora



Una militar homosexual ha sido ascendida por primera vez a General en los Estados Unidos. El nombramiento de la coronel Tammy Smith, casada el año pasado con otra mujer – Tracey Hepner- , se produjo a meses de la abolición de la ley “don’t ask, don’t tell”. Según esta ley, estaba prohibido a los militares declararse homosexuales públicamente.

Smith recibió la estrella en su uniforme de su propia esposa, Hepner, en una ceremonia privada en el Cementerio Nacional de Arlington.

Ellas contrajeron matrimonio en Washington D.C., tras 9 años de noviazgo. Para la protagonista, lo relevante de todo eso no es ella, sino “defender los valores del ejército y la responsabilidad que esto conlleva”.

De acuerdo a lo informado por la publicación americana “Stars & Stripes”, el propio secretario de Defensa de los Estados Unidos, Leon Panetta, agradeció oficialmente a Tammy Smith el servicio prestado a los Estados Unidos durante su trayectoria.

Tomado de http://noticiaaldia.com

Las 2 caras de las acusaciones por Homofobia a un bar de Chapinero, Bogotá

La ignorancia y desconocimiento de los derechos de las minorías sexuales los vamos a hacer valer usando la constitución y la ley. Visibilizamos los hechos HOMOFÓBICOS denunciados en una columna del portal CartelUrbano.com en la cual se habla de una presumible exclusión sufrida por una pareja que gay que se dió un beso en el BAR EL TITICÓ de Bogotá DC (Calle 64 # 13-35 Chapinero). Luego de conocer el hecho nos comunicamos con el lugar con el fin de contrastar versiones y hemos recibido el comunicado del lugar, además vemos el interés de aclarar el hecho por parte de sus propietarios y administradores. Hablamos con el mencionado bar y quedamos el miércoles 15 de agosto de 2012 en ir al lugar verificar los videos y escuchar su versión completa de los  hechos denunciados en la columna que reproducimos a continuación y que son contradichos por medio de comunicado de El Titicó Gril.

A quienes se sientan vulnerad@s les invitamos a NO DEJARSE ABUSAR, y cuando hechos discriminatorios se generen le aconsejamos DENUNCIAR ante las instancias judiciales invocando la ley 1482 de 2011 antidiscriminación. Cabe recordar que al tener derechos, al tiempo obtenemos deberes, y uno de ellos es a la convivencia civilizada en sociedad. Así pues, teniendo éstos puntos claros dejamos las dos versiones de un mismo hecho para su análisis. 

No más homofobia, No más Discriminación en el Mundo y Colombia. 
Nota por: @r_Montenegro Editor web @OrgulloLGBT (Actualizada 11:00pm)


Cambié de Opinión
GAYS VS TRAQUETOS


Por Rafael López.
Este paisito nunca deja de sorprenderme, desafortunadamente la mayoría de veces lo hace de manera negativa, así que sería más indicado decir que no deja de defraudarme.

El viernes pasado estuve bailando salsa en un chuzo llamado “El Titicó Gril”, un sitio inspirado en los rumbeaderos setenteros, que ofrece buena música, trago caro y en ocasiones, un ambiente de penumbra propicio para manosear a la pareja con disimulo. Esa noche, en otra de las mesas del lugar departía un grupo de jóvenes entre los que se encontraba una pareja gay. Todos bailaban, incluso la pareja de chicos, y la noche iba bien, hasta que en un momento la pareja en cuestión se dio un besito en la pista de baile. Un besito insignificante, sin pasión, lengua, ni manoseada. Un besito inocente que me hizo recordar mi primer beso. Sin embargo, eso fue suficiente para suscitar la reacción de la administración del chuzo aquel.

Antes de que la pareja abandonara la pista de baile ya había un mesero hablando con ellos, diciéndoles que ese no era un sitio gay y que tendrían que irse del lugar.  Es evidente que para ser mesero no hay que haberse leído la Constitución, ni estar enterado de las disposiciones de la Corte en el tema de derechos homosexuales. Parece que en ese chuzo nadie se enteró de que el presi JuanMa firmó a finales del año pasado la Ley Antidiscriminación, que penaliza este tipo de actos y sanciona a los infractores con penas de uno a tres años de cárcel y multas entre 10 y 15 salarios mínimos. Definitivamente, el administrador de El Titicó no sabe que según esa misma ley, es motivo de agravación punitiva que la conducta se realice en un sitio público.

Es triste que a pesar de los avances que se han logrado en la lucha por los derechos de los homosexuales en nuestro país, siguen existiendo conductas discriminatorias a todo nivel. Es triste que la Corte siga dándole largas a su pronunciamiento en el caso de adopción de las madres lesbianas de Medellín, tal vez a la espera de la llegada de un Magistrado conservador que niegue la tutela.  Pero lo más triste fue la justificación que dio el administrador del Titicó.

Según este señor, en el chuzo no tienen ningún problema con las personas homosexuales o las demostraciones de afecto, pero un cliente traqueto que había en el sitio se había molestado, y les había dicho que ya no más. Habrase visto que situación tan pintoresca. Habíamos quedado sometidos a la moral de unos delincuentes, a los que les parece que está bien amenazar a un hombre, torturarlo e incluso asesinarlo, pero no besarlo, ese es un comportamiento inmoral que debe ser perseguido y censurado. Malditos traquetos, estamos mamados de ustedes, de su moral, su violencia y su estética.

Esa noche en el Titicó intenté identificar cuál era el narco entre nosotros, pero nunca pude estar seguro. Los herederos de Escobar han aprendido que deben ser mucho más sutiles e intentar pasar desapercibidos, sin embargo sospeché de dos grupos distintos de hombres. Uno de esos grupos contaba con dos hombres de más de 40, medio calvos y barrigones – dos características apreciadas entre los traquetos -. En el otro grupo había tres hombres, medio feítos, con poco estilo, y uno de ellos estaba con una chica tal vez muy guapa para él. Por qué será que los narcos con todo su billete no se mandan a hacer algo para ser menos feos, una liposucción, un diseño de sonrisa, un implante capilar, un tratamiento para mejorarse el cutis por lo menos.

Finalmente la cosa no pasó a mayores, los pelados se fueron y después de lo sucedido yo también me fui junto con los amigos con los que estaba, pero me parece digno de reflexión el talante de nuestro país, que tolera a los traquetos mientras persigue a los homosexuales.  

 Mal por El Titicó, que prefirió quedarse con el cliente traqueto y amenazador que con el grupo de jóvenes tranquilos que bailaban en la pista. Obvio, el narco gasta plata, así amenace a otros clientes, los pelados homosexuales en cambio, consumen poco y hacen escenas inmorales.

Tomado de http://www.cartelurbano.com/content/gays-vs-traquetos


Comunicado de El Titicó.

Respuesta a Rafael López escritor de Cartel Urbano.
El Titicó se permite informar por medio de éste comunicado que cualquier persona que se haya sentido agravada el pasado viernes 3 de agosto está amablemente invitada a revisar los videos de las cámaras de seguridad, que dicen más que mil palabras. Ahora, para ponerlos en contexto, nos permitimos contestarle al señor Rafael López, quien dio su opinión en éste medio lo siguiente:

La salsa no tiene estratos, color ni preferencias sexuales.

Nada tiene que ver que una pareja gay estuviera bailando junta en la pista, con que uno de ellos haya sido despedido. No es cuestión de discriminación, somos mediadores entre nuestros asistentes y de buen modo, tras un cliente haber manifestado su descontento por la fogosidad de la pareja en la pista, se les pidió que le bajaran un poco al tono. En ningún momento se les dijo que por ser gays se tenían que ir como usted argumenta. Pasó una hora, se les acabó la botella de tequila y uno de ellos, se acercó con grosería y patanería al bar, encuelló al administrador y a los gritos exigió que “si no le regalamos una hijueputa botella de tequila nos demanda por discriminarlos”.

Nos tiene sin cuidado la inclinación sexual, política o religiosa de nuestros clientes, sin embargo quien escudándose en ser esto o lo otro sea grosero, será despedido sin reparo alguno. Obviamente, ellos argumentaron, pusieron el grito en el cielo y hasta hicieron show porque los habíamos sacado de la rumba por ser gays. Sin embargo, cuando los invitamos a que revisaran las cámaras de seguridad, ninguno quiso ir a ver, ni siquiera usted que estaba igual de borracho que ellos. Nosotros no tenemos nada que esconder.

Ahora, viene con un título amarillista y de escándalo: Gays vs Traquetos. De dónde salieron los traquetos si no es de su imaginación que conjeturó que uno de los sujetos que no le siguió la corriente al bochinche era traqueto. Le recuerdo que deja mucho que desear que una persona que se dedica a escribir, dé un punto de vista sesgado, imparcial. Así mismo le recuerdo, que como persona jurídica, tengo derecho al buen nombre y que lo que usted escribió es injuria y calumnia. Las cámaras no mienten. Así que respetuosamente le pedimos el favor que se retracte y pida disculpas públicamente por haber dado una opinión sin fundamento y que pone en tela de juicio el buen nombre de El Titicó, todos cometemos errores, sea humilde.

“Según parece, uno de los amigos que acompañaban a la pareja fue agresivo con el administrador, pero yo estaba lejos de la acción en ese momento, así que no puedo dar cuenta de qué sucedió” cito al señor Rafael. Que a conveniencia de su artículo eso si no lo vio y que dice que de haberlo visto su opinión sería completamente distinta. Se quedó en lo que creyó ver, en lo que creyó oír, en lo que le pareció que vio sin importarle dañar el nombre de un negocio ajeno. Como le respondió uno de mis clientes a su columna: “al escribir en un medio de comunicación, lo mas aconsejable es verificar la información y las fuentes, luego si, emitir una información. Es delicado escribir conjeturas, teorías y ¨me dijeron¨”.

El Titicó.

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